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Mujeres que han sido victimas de violencia recibirán asesoría e información en su lengua materna

Mujeres que han sido victimas de violencia recibirán asesoría e información en su lengua materna

Sobre sus derechos y el progreso de los trámites judiciales y administrativos, por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su idioma o lengua y de su cultura.

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Domingo, 19 de Noviembre de 2017| 12:37


  • A afecto de garantizar la tutela de los derechos de las mujeres indígenas a recibir asistencia cuando han sido víctimas de violencia, la diputada Martha Orta Rodríguez presentó una iniciativa de reforma a la fracción XIV del artículo 7º de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

    Para quedar como sigue: Recibir asesoría e información en su idioma o lengua materna sobre sus derechos y el progreso de los trámites judiciales y administrativos, por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su idioma o lengua y de su cultura.

    A afecto de garantizar la tutela de los derechos de las mujeres indígenas a recibir asistencia cuando han sido víctimas de violencia, la diputada Martha Orta Rodríguez presentó una iniciativa de reforma a la fracción XIV del artículo 7º de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

    Para quedar como sigue: Recibir asesoría e información en su idioma o lengua materna sobre sus derechos y el progreso de los trámites judiciales y administrativos, por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su idioma o lengua y de su cultura.

    Resulta de gran importancia esta precisión, sobre todo porque al hablar de violencia son las mujeres indígenas las más vulnerables a sufrir por esta conducta y no obstante que la ley general reconoce tal derecho de asistencia, es importante garantizar la atención brindada a las mujeres indígenas víctimas de violencia en San Luis Potosí en razón no solamente de los dispuesto en la ley general sino además en la legislación y acuerdos signados a nivel federal por nuestro país, explicó la presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso del Estado.

    Recordó que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su articulo 52 establece: "Las mujeres indígenas serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su lengua y cultura."

    En este sentido, dicha precisión existe en la normativa federal debido a la preminencia en la atención a este grupo vulnerable, y se justifica en razón de la tutela específica en razón de su cultura, educación y lengua.

    Por ello, es necesario que en la legislación estatal se establezca esta precisión en específico, sostuvo Orta Rodríguez.

    La iniciativa de la legisladora se turnó a la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género del Congreso del Estado para su análisis correspondiente.

     


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