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Inicia en comisiones el análisis de la iniciativa para reformar la ley de transporte público del estado

Inicia en comisiones el análisis de la iniciativa para reformar la ley de transporte público del estado

SU OBJETIVO ES ESTABLECER EN LA LEY LAS DISPOSICIONES NECESARIAS PARA PROTEGER LA SALUD DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DEL ESTADO Y DE LOS USUARIOS

Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 28 de Agosto de 2020| 16:32


  • Los integrantes de la Comisión de Comunicaciones y Transportes iniciaron con el análisis de la iniciativa que propone reformar los artículos 81, 83y 129 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, y que tiene por objetivo establecer en la ley las disposiciones necesarias para proteger la salud de los integrantes del sistema de transporte público del estado y de los usuarios.

    La iniciativa propone establecer para los operadores de transporte público, la obligación de cumplir de forma puntual con los protocolos establecidos en materia de salud a causa de brotes epidémicos o por motivos de salubridad general, incluyendo, más no limitándose a acciones como el uso de cubrebocas y el registro de la temperatura corporal, así como la sanitización de las unidades.

    La diputada Alejandra Valdés Martínez, presidenta de esta comisión legislativa, indicó que se acordó continuar con el análisis, ya que la propuesta incluye multas para el caso del incumplimiento de estas medidas por parte de los operadores de transporte público, pero no se establece la autoridad que será la encargada de la vigilancia de que se cumplan dichos protocolos sanitarios.

    Señaló que se solicitará la opinión de las Secretarías de Comunicaciones y Transportes; así como de la Secretaría de Salud, para que indiquen la forma en que se está trabajando en los protocolos sanitarios de prevención por COVID-19.

    En otro tema, se dictaminó como improcedente la iniciativa que proponía reformar los artículos 12 y 95 de la Ley de Transporte Público del Estado, en relación al sistema de prepago y la propiedad del Gobierno del Estado de las llaves del sistema y el mapa de estructura de tarjetas inteligentes, situaciones que ya se encuentran establecidas legalmente.

     


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