EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 27 de Octubre de 2017| 14:06
La administración municipal de San Luis Potosí deberá responder a través de la solicitud del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, CEEPAC, quién autorizó, pagó y contrató los servicios publicitarios del programa público "Borrón y Cuenta Nueva", resultando en un caso de propaganda personalizada, acción violatoria de la ley.
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TRIFE, ordenó al CEEPAC reponer el procedimiento sancionador iniciado por el organismo que dirige Laura Elena Fonseca Leal en contra del Presidente Municipal de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Juárez, por incurrir en promoción personalizada en el uso del programa público que en su momento se atribuyó abusivamente al Partido de la Revolución Democrática, PRD.
"Por unanimidad, en sesión celebrada ayer jueves, los magistrados Claudia Valle Aguilasocho, Yairisinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann, ordenaron al órgano electoral presidido por la consejera presidenta, Laura Elena Fonseca Leal, reponer el procedimiento sancionador contra el alcalde perredista, Ricardo Gallardo Juárez, bajo el expediente SM-JRC-23/2017, promovido por el Partido Acción Nacional", señalaron Maximino Jasso Padrón, Presidente del Comité Directivo Municipal, Lidia Arguello Acosta, Representante legal del albiazul en el Estado, Alma Elizabeth Marín Ortega, Tesorera y Luis Sandoval Méndez, Secretario General de dicho partido.
A decir del líder del PAN en la capital, los magistrados consideraron que "indebidamente" el tribunal estatal fundamentó y motivó su resolución al concluir que era inexistente la violación de la difusión de la propaganda personalizada en contravención a lo previsto en el artículo 134 párrafo séptimo y octavo de la Constitución General y además desestimó los elementos de la conducta en estudio a través de un incorrecto análisis de los hechos.
"Derivado de la existencia manifiesta de vicios al procedimiento, los magistrados electorales de la Sala Monterrey anularon la resolución del CEEPAC, con la intención de que éste se allegue de los elementos suficientes para determinar lo que corresponda respecto de la presunta propaganda personalizada y la utilización de recursos públicos".
Maximino Jasso Padrón, adelantó que con este resolutivo se generan responsabilidades directas para el ayuntamiento de la capital, tanto de carácter administrativo, financiero y electoral.
"De antemano, los funcionarios del ayuntamiento, del PRD, diputados locales, funcionarios del Interapas, negaron la presunción de las pruebas, el municipio no dio certeza del acto que se reclamó, no aportó pruebas para el deslinde de su responsabilidad, por lo que en estricto derecho se ordenó la reposición del procedimiento para que esclarezca este tema, donde claramente el ayuntamiento utilizó recursos de carácter público para la promoción personal del alcalde y su partido".
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