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Convoca el INE SLP a participar como consejeros distritales

Convoca el INE SLP a participar como consejeros distritales

Emsavalles| | Lunes, 09 de Noviembre de 2020| 16:47


  • El Presidente del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en San Luis Potosí Pablo Sergio Aispuro Cárdenas convocó a la ciudadanía en general a que participe como consejero o consejera distrital durante los Procesos Electorales 2021 y 2024.

    Mencionó que serán quienes atenderán las actividades que se desarrollen con motivo del Proceso Electoral, conforme a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

    Precisó que podrán inscribirse a título personal, o ser propuestos como aspirantes, las y los ciudadanos interesados en participar, incluidos los que hayan participado como Consejeras y Consejeros Electorales propietarios y/o suplentes en los Consejos Locales o Distritales federales en anteriores elecciones, salvo quienes hubiesen participado en tres o más Procesos Electorales Federales, de conformidad con lo señalado en el artículo 66, numeral 2 de la LGIPE.

    Informó que las y los interesados tienen hasta el 12 de noviembre para enviar tu solicitud y documentación a las cuentas de correo que aparecen en las convocatorias publicadas en los estrados de las juntas locales y distritales de su entidad, o bien, entregarlas en las sedes de las oficinas electorales.

    Finalmente enumeró los requisitos:

    Ser mexicana o mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de tus derechos políticos y civiles, estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.

    Tener residencia de dos años en la entidad federativa correspondiente.

    Contar con conocimientos para el desempeño adecuado de tus funciones.

    No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

    No ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

    No contar con impedimento legal o incompatibilidad por no cumplir con los requisitos señalados en la ley.

    Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.

     


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