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¿Sabe usted cómo le afectara la Miscelánea Fiscal 2021?

¿Sabe usted cómo le afectara la Miscelánea Fiscal 2021?

No se crean de nuevos impuestos, sin embargo, en los existentes habrá reajustes

Redacción| Emsavalles| | Viernes, 06 de Noviembre de 2020| 13:55


  • Se ha dado a conocer que nuestros legisladores aprobaron la Miscelánea Fiscal para el próximo año, que en la nueva Ley para el Ejercicio Fiscal 2021, no hay creación de nuevos impuestos ni se modificaron las tasas del IVA e ISR, sin embargo la Secretaría de Hacienda propuso ajustes que avalaron los Senadores en el cobro de los impuestos ya existentes, sobre todo en el comercio electrónico, y en algunos derechos por la prestación de servicios públicos, lo que puede implicar un mayor desembolso el próximo año.

    Es decir el Senado aprobó la Miscelánea Fiscal 2021 que contiene cambios que pueden afectar tu bolsillo el próximo año, en rubros como Servicios de Internet y telefonía móvil, el trámite de pasaporte de emergencia, Tasas únicas en retención en plataformas digitales, Bloqueo temporal de plataformas digitales, Donatarias autorizadas, y Venta de bienes usados en plataformas digitales, entre otras.

    En lo que corresponde a Servicios de Internet y telefonía móvil, como las cuotas que las empresas de telecomunicaciones pagan por usar el espectro radioeléctrico no tendrán un aumento, el próximo año el servicio de internet y la telefonía móvil solo verán un aumento mensual de 3.5 por ciento conforme a la inflación.

    El trámite del pasaporte "de emergencia" tendrá un costo adicional al que ya existe, si necesitas de forma urgente el documento, tendrás que desembolsar un poco más, y desde luego ser debidamente justificadas ante la Cancillería.

    En Tasas únicas en retención en plataformas digitales, para las personas que obtienen ingresos de plataformas digitales como Uber, DiDi, Cabify, Rappi, Airbnb, Mercado Libre, Amazon, entre otras, la Miscelánea Fiscal 2021 propone pasar de un esquema de tasas de retención de ISR de acuerdo con el nivel de ingreso mensual a un esquema de tasa de retención única por tipo de actividad.

    En los ingresos por la prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes, la retención de ISR será de 2.1 por ciento mensual; con este cambio las personas que perciben ingresos de hasta 5 mil 500 pesos podrían ver una afectación en su bolsillo porque con el esquema vigente pagan una tasa de 2 por ciento.

    En el caso de ingresos provenientes de la prestación de servicios de hospedaje, la retención se hará por el 4 por ciento, lo que podría afectar el ingreso de aquellos que tienen ingresos de hasta 5 mil pesos, por el que pagan una tasa de 2 por ciento, y de quienes tienen ingresos de hasta 15 mil pesos mensuales con una tasa vigente de 3 por ciento; tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios la retención el próximo año será de 1 por ciento, lo que impactará el bolsillo de los usuarios de plataformas como Mercado Libre o Amazon con ingresos de hasta 10 mil pesos mensuales, por los que pagan hoy en día una tasa de hasta 0.9 por ciento.

    En lo que respecta al Bloqueo temporal de plataformas digitales, es como si el SAT "baja el switch" a los prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero sin establecimiento en México como un mecanismo de control ante omisiones fiscales como no darse de alta en el Registro Federal del Contribuyente, no presentar las declaraciones de los impuestos propios o retenidos, y no designar algún representante legal, de modo que podrían ver interrumpido su ingreso porque no podrán acceder a los aplicativos.

    En otro punto, los senadores ratificaron que aquellas fundaciones u organizaciones que obtengan más del 50 por ciento de sus ingresos de actividades diferentes a donativos perderán su autorización ante el SAT, a fin de evitar que realicen actividades lucrativas.

    De esta forma si el SAT cancela la autorización a una donataria en la que tú hiciste donativos, ya no podrás hacer deducibles dichos donativos en tu declaración anual, lo que implica que no habrá devolución de saldo. El donativo es 100 por ciento deducible, pero el límite que se puede deducir del ISR es hasta el siete por ciento de la utilidad fiscal o ingresos acumulables.

    En la venta de bienes usados en plataformas digitales, Si enajenas o vendes bienes muebles usados a través de la intermediación de una plataforma digital como Mercado Libre, Segunda Mano o Amazon, ten en cuenta que en 2021 te retendrán el 16% de IVA por ese servicio; incluso desde el 1 de junio se consideran contribuyentes del IVA a los residentes en el extranjero sin establecimiento en México que prestan algunos servicios digitales a receptores que se encuentren en territorio nacional.

     

    MT


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