Redacción| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Lunes, 06 de Octubre de 2025| 08:12
En el estado de San Luis Potosí, toda persona que pretenda realizar quemas en terrenos forestales, agropecuarios o colindantes deberá contar con la autorización correspondiente y notificar previamente a la autoridad municipal, así como obtener el visto bueno de distintas dependencias estatales o federales, según el tipo de terreno.
De acuerdo con las disposiciones vigentes, se requerirá la validación de: La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), cuando se trate de terrenos agrícolas o agropecuarios. La Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), en el caso de terrenos forestales, temporalmente forestales o preferentemente forestales. La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), si las quemas se realizan dentro de áreas naturales protegidas federales. Y la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM), cuando se trate de áreas bajo protección estatal.
Las quemas agrícolas deberán apegarse a la Norma Oficial Mexicana (NOM) que regula los métodos y especificaciones técnicas para el uso del fuego en terrenos forestales y agropecuarios, con el fin de prevenir incendios, daños ecológicos o riesgos a la población.
Por su parte, las autoridades municipales tendrán la obligación de informar a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos (SEDARH) y a la CONAFOR sobre los permisos otorgados, anexando un croquis de localización y las rutas de escape propuestas por el solicitante, para efectos de registro, monitoreo y control.
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