Redacción| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Lunes, 06 de Octubre de 2025| 08:05
El Gobierno del Estado de San Luis Potosí emitió un decreto administrativo que reforma artículos del Reglamento de la Ley del Registro Civil estatal, con el fin de evitar actos de discriminación hacia padres, madres o tutores del mismo sexo.
La reforma incorpora el término "progenitores" como figura incluyente, lo que permitirá el reconocimiento legal de hijos nacidos o adoptados por parejas del mismo sexo, sin modificar el contenido sustantivo de la ley, sino garantizando su aplicación bajo los principios de igualdad, no discriminación y protección de la niñez.
De acuerdo con el decreto, para efectos de registro y reconocimiento de nacimiento se entenderá por "progenitor" a quien ostente la filiación legal del menor, ya sea por vínculo biológico o por adopción plena inscrita en el Registro Civil. En el caso de familias homoparentales, ambos progenitores serán reconocidos con igualdad jurídica, siempre que acrediten la filiación correspondiente.
El documento también establece que los Oficiales del Registro Civil deberán garantizar que las actas de nacimiento se levanten sin distinción por orientación sexual o tipo de familia, y que los efectos legales sean idénticos a los de cualquier otra filiación.
Además, el Registro Civil deberá adecuar sus formatos, capacitar al personal y resguardar debidamente la documentación para asegurar la correcta aplicación de la reforma.
Finalmente, la Dirección del Registro Civil estatal será la encargada de comunicar las directrices necesarias a todas las oficialías.
El decreto fue calificado por el Gobierno estatal como una medida administrativa válida, eficaz y jurídicamente procedente, que da cumplimiento inmediato a las obligaciones constitucionales y tratados internacionales en materia de derechos humanos, sin requerir un proceso legislativo adicional.
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