- Garantiza principio de paridad en postulación de candidaturas al gobierno del estado y presidencias municipales, modifica fecha de inicio de proceso electoral y fortalece la operatividad electoral.
Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Jueves, 11 de Diciembre de 2025| 16:08
En sesión de trabajo, diputadas y diputados integrantes de las comisiones de Puntos Constitucionales y Régimen Interno y Asuntos Electorales, aprobaron por mayoría el dictamen que declara procedente la iniciativa presentada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y de la Ley Electoral del Estado.
El dictamen establece que la reforma es necesaria, proporcional y adecuada para cumplir mandato de igualdad sustantiva; fortalece la democracia local al dotar de un sistema electoral con mejores herramientas, va a garantizar la igualdad entre mujeres y hombres con un enfoque de derechos humanos y una perspectiva de género; va a corregir los rezagos históricos, particularmente en cargos de gubernatura y presidentes municipales.
En el eje de organización del proceso electoral se fija el inicio del proceso electoral el 15 de noviembre del año previo a la elección; se garantiza remuneración a integrantes de comisiones distritales y comités municipales; se establece un procedimiento sumario para la revocación de nombramientos; se evitarán retrasos en materiales y documentación electoral; se racionalizan costos y elimina la entrega física de la Ley Electoral a presidentes de casilla.
En prerrogativas y partidos políticos, se propone acotar la ejecución de sanciones al 25% mensual; clarificar atribuciones de la Unidad de Fiscalización; ordenar la entrega de franquicia postal conforme a estándares federales y administración y finanzas electorales; obligación de informes mensuales de manejo de recursos públicos en organismos desconcentrados.
Se van a sustituir debates distritales por debates obligatorios en los cinco municipios con mayor lista nominal. En procedimientos de quejas y denuncias, se van a incorporar notificación por estrados y autorización de terceros para recibir notificaciones y a fortalecer diligencias para mejor proveer.
En el eje seis correspondiente a la paridad de género, se establece que es el de mayor alcance y profundidad. Se propone establecer regulación constitucional expresa para garantizar la aplicación del principio de paridad en gubernatura del Estado, cargo que nunca ha sido ocupado por una mujer y en presidencias municipales, donde 19 municipios jamás han tenido una mujer al frente. La postulación y acceso a cargos de elección popular será bajo criterios sustantivos y no solo formales.
El análisis realizado por estas Comisiones revela que el marco constitucional local carece de una regulación expresa para garantizar la paridad en la postulación a la gubernatura, situación que resulta incompatible con los mandatos constitucionales y convencionales de igualdad sustantiva. Es un hecho notorio que, desde la creación del Estado, ninguna mujer ha ocupado la titularidad del Poder Ejecutivo local, lo cual constituye evidencia irrefutable de una barrera estructural que impide el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres.
Las reformas propuestas a los artículos 36 y 72 de la Constitución del Estado, así como a los artículos 9, 11, 52 y 265 de la Ley Electoral, se estiman jurídica y constitucionalmente válidas, pues permiten incorporar parámetros claros para la postulación paritaria de candidaturas a la gubernatura y a presidencias municipales, convirtiendo en norma permanente lo que hasta ahora ha sido implementado mediante lineamientos temporales.
La reforma no solo es compatible con el marco constitucional federal, sino que además resulta necesaria para garantizar el derecho de las mujeres a ser votadas en condiciones de igualdad real, conforme a los principios de igualdad sustantiva, perspectiva de género, no discriminación y progresividad.
Las comisiones dictaminadoras concluyeron que las reformas, adiciones y derogaciones propuestas son constitucionalmente procedentes, se encuentran debidamente justificadas y responden a necesidades reales de modernización del régimen electoral, fortalecimiento democrático y garantía de derechos humanos.
El dictamen será sometido a consideración del Pleno para su votación. Estuvieron presentes los diputados Carlos Arreola Mallol, Crisógono Pérez López, Roxanna Hernández, Sara Rocha Medina, Dulcelina Sánchez de Lira, Jessica Gabriela López, Nancy Jeanine García, Héctor Serrano Cortés, Rubén Guajardo Barrera, Luis Fernando Gámez, César Arturo Lara y Diana Ruelas Gaitán.
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