Emsavalles| | Lunes, 20 de Octubre de 2025| 08:08
Tras una reforma legislativa, en el estado de San Luis Potosí se establecieron nuevas reglas y obligaciones para todos los establecimientos dedicados a la comercialización, crianza o reproducción de animales, con el objetivo de garantizar su bienestar y evitar el maltrato.
La modificación a la Ley de Protección a los Animales para el Estado señala que el espacio mínimo por ejemplar deberá ajustarse según la especie, peso, talla y altura, de modo que los animales cuenten con condiciones adecuadas de resguardo y cuidado.
Además, se busca que la venta se privilegie mediante medios remotos o plataformas tecnológicas, con el fin de evitar el contacto físico directo entre los animales en exhibición y el público interesado.
Los establecimientos que se dediquen a la reproducción, selección, crianza o venta de animales de compañía deberán: Contar con las autorizaciones administrativas y mercantiles correspondientes. Mantener condiciones sanitarias adecuadas. Proporcionar alimentación suficiente y de calidad.
La reforma también prohíbe la venta de animales menores de ocho semanas de nacidos, y establece que los ejemplares en resguardo deberán mantenerse en instalaciones que cubran sus necesidades básicas, conforme a las características de cada especie.
Finalmente, se ordena que quienes participen en la comercialización cuenten con la capacitación técnica y operativa necesaria, además de asegurar que los lugares donde se mantengan los animales tengan la infraestructura adecuada para su manejo y bienestar.
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