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¿Se tambalea líder panista de Valles?

¿Se tambalea líder panista de Valles?

Redacción| Emsavalles| | Jueves, 07 de Noviembre de 2019| 14:42



  • El Tribunal Electoral del Estado de SLP, solicita al Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN, Juan Francisco Aguilar Hernández, que presentará en un plazo no mayor de 3 días a partir de que le fuese notificado, que instruya a la Comisión Organizadora de procesos 2019 para renovar el Comité Directivo Municipal del PAN en Ciudad Valles, que le remita la fecha de la sesión donde se declaró la procedencia de los registros para las candidaturas del citado organismo.

    Le solicita además copia certificada de la notificación hecha al C. Luis Ángel Contreras Malibrán; y adicionalmente copia fotostática certificada de la constancia o acta donde se declaró la procedencia de las planillas de registro de candidatos para renovar el CDM en el proceso 2019.

    Lo anterior luego de que se admite como prueba de impugnación el informe presentado -por Luis Ángel Contreras Malibrán por la elección de Javier Cruz- luego de que hay constancia de que el actor el 12 de julio de este año solicitó al Secretario de la Delegación Municipal en funciones de presidente, copia certificada de las declaraciones de validez de los registros de las planillas que contenderán para presidir el Comité Directivo Municipal de Acción Nacional, conforme al artículo 35, fracción IX de la Ley de Justicia Electoral del Estado.

    El Tribunal Electoral le dice que de no contar con los documentos, deberá exponer las razones por las cuales no se tienen en sus archivos, ello el 8 de octubre pasado.

    Al admitir conforme a derecho la inspección judicial, el Tribunal ordena a su Secretario General de Acuerdos proceda a certificar los extremos de la prueba de inspección debiendo plasmar los resultados que arroja la Consulta del Padrón del Registro Nacional de Militantes del PAN en la página oficial del mismo organismo.

    También admite conforme a Derecho las pruebas: instrumental de actuaciones y presuncional legal y humana, mismas que se calificarán al momento de dictar sentencia; además de que a la sustentación de este medio de impugnación no compareció el tercero interesado, por lo que se resolvió conforme a la ley, determina el Lic. Roberto Garza de Lira, Magistrado del TEE de SLP.

     


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