Vulneraron derechos de adolescentes migrantes a la seguridad jurídica y de legalidad
Si los migrantes adultos son vulnerados de una u otra forma, niñas, niños y adolescentes en esa misma condición son más susceptibles de padecer diversas vejaciones, desgraciadamente no solo por el crimen, sino hasta por las propias autoridades.
Aunque pasan los años, San Luis Potosí sigue siendo un paso obligado para la comunidad migrante centroamericana, pero para su mala fortuna el año pasado 3 adolescentes de Centroamérica debieron extender de más su presencia en territorio nacional por omisiones burocráticas, cometidas por de la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración (INM).
Derivado de una denuncia ciudadana, el 8 de noviembre de 2023 elementos de la Fiscalía General de la República (FGR), rescataron, junto con más personas, a 3 adolescentes, 2 guatemaltecos y un salvadoreño, que se encontraban atrapados dentro de una caja de remolque, en el municipio de Matehuala.
Luego fueron trasladados a las instalaciones de la Guardia Civil Estatal (GCE), donde recibieron atención médica y alimentos, y posteriormente fueron puestos a disposición de la autoridad migratoria en esa misma fecha.
Posteriormente, en esa misma fecha el INM giró los oficios de notificación a los Cónsules de Guatemala y El Salvador, con el propósito de que emitiera el reconocimiento consular correspondiente, así como a DIF Estatal en San Luis Potosí, y a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA).
Para el 13 de diciembre de 2023, personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acudió al Centro de Asistencia Social para Niñas, Niños y Adolescentes en contexto de migración "Un Refugio en el Camino" de la PPNNA, a fin de entrevistarse con los infantes.
Ahí, dijeron que desde su rescate y hasta ese momento de la presentación de su queja, el INM no ha resuelto su situación migratoria, ni les hubiera proporcionado alguna información respecto de cuándo serían repatriados.
Señalaron que esa incertidumbre les provocaba demasiada preocupación y angustia, ya que era su deseo estar con sus familiares en las fiestas navideñas y de fin de año.
EVIDENCIAS DE OMISIONES MIGRATORIAS
En la Recomendación No. 83/2024, dirigida a Francisco Garduño Yáñez, comisionado del INM, la CNDH acreditó una serie de irregularidades que derivaron en violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad, interés superior de la niñez, así como al deber de debida diligencia.
Las evidencias del expediente de queja CNDH/5/2024/902/Q, señalan que no se cuenta con información ni documentales en las que se acredite si los dos infantes guatemaltecos fueron asistidos y acompañados en el trayecto de San Luis Potosí hasta su destino final en Tapachula, Chiapas.
Igualmente, en el caso del chico salvadoreño, no obstante que fue entregado a su representante consular por parte de la PPNNA, tampoco existen constancias del acompañamiento de algún funcionario público, ni tampoco aquellas que indiquen las gestiones respectivas del INM ante el Consulado de El Salvador.
De la información remitida por el INM se pudo advertir que los primeros permanecieron 44 días y el segundo estuvo 41 días, a disposición de la autoridad migratoria, desde la fecha de su presentación en la Oficina Administrativa del INM, hasta su egreso del CAS.
En ese sentido, el INM omitió dar cumplimiento al Plan de Restitución que le fue notificado por la Procuraduría, toda vez que, sin justificación, los 3 adolescentes permanecieron un tiempo prolongado en las instalaciones del CAS.
Esto, porque el inicio del procedimiento administrativo migratorio fue el 8 de noviembre de 2023, y el citado Plan le fue notificado el día 15 del mismo mes, así como el reconocimiento consular, y no obstante que el día 17 se resolvió de manera definitiva del trámite.
Fue hasta el 22 de diciembre de 2023, que fueron entregados a su representante consular de Guatemala en Tapachula, Chiapas, en el caso de los dos primeros, y el 19 de noviembre al diplomático de El Salvador, dada la cancelación del traslado del joven por parte del INM.
Por ese motivo, resolvió que se "vulneraron su derecho a la seguridad jurídica y de legalidad, al no cumplirse no únicamente con el señalado Plan de Restitución sino también el artículo 112 de la Ley de Migración".
Dijo que existe preocupación que el INM, independientemente de las responsabilidades particulares de personas servidoras públicas determinadas señaladas en la Recomendación, también se incurrió en responsabilidad institucional.
"Dentro de las constancias del expediente, no se advirtió que, durante los traslados correspondientes, hubieran sido acompañados y asistidos por el Oficial de Protección a la Infancia que se les asignó desde el inicio del trámite, por lo que no existe certeza de su acompañamiento y cuidados necesarios", finalizó.
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