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Semana del 26 de Noviembre al 02 de Diciembre de 2021

Sin convocatoria, Galindo impone a ex ombudsman en la coordinación de DDHH

Sin convocatoria, Galindo impone a ex ombudsman en la coordinación de DDHH

María José Puente Zavala



Tras un intento fallido de convertirse en alcalde o regidor, Jorge Andrés López fue designado irregularmente como titular de la Coordinación de Derechos Humanos en la alcaldía capitalina.

Jorge Andrés López Espinosa, ex titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, habría sido designado como titular de la Coordinación Municipal de Derechos Humanos (CMDH) en el Ayuntamiento de San Luis Potosí, sin que se haya llevado a cabo el proceso que indica la Ley para legitimar su nombramiento.

De acuerdo con datos de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP), durante el mes de octubre, el primero de Enrique Galindo como alcalde de la capital potosina, López Espinosa llegó a ocupar la titularidad de la Coordinación y cobró por ello 35 mil 67 pesos, mismo salario que, durante la administración navista, derogó Olga Liliana Palacios, antes titular de ese espacio.

Dicha designación, sin embargo, no se llevó a cabo conforme lo establece el Reglamento Interno del Municipio de San Luis Potosí, donde se indica lo siguiente:

Artículo 232: La Comisión Permanente de Derechos Humanos y de Participación Ciudadana del Ayuntamiento determinará las bases y lineamientos de la convocatoria para la elección del o la titular de la Coordinación Municipal de Derechos Humanos; el proceso de desarrollo de la convocatoria debe estar coordinado por la Secretaría General del Ayuntamiento.

ARTÍCULO 233. La toma de protesta del o la titular de la Coordinación Municipal de Derechos Humanos, se realizará en sesión solemne de Cabildo.

Tampoco se observó lo que mandata el Reglamento de la propia Coordinación, recientemente aprobado durante las últimas semanas de la gestión municipal anterior. Ahí se lee:

Artículo 33. La CMDH estará a cargo de la persona titular de la Coordinación, para su designación, la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Participación Ciudadana del Cabildo, en apego al principio de paridad de género, determinará las bases y lineamientos de elección de la persona titular de la CMDH, así como la publicación de la convocatoria respectiva.

... y para el caso en que se renueve la administración, el reglamento de la CMDH también prevé un proceso que no se llevó a cabo:

Artículo 37. En tanto el Cabildo de una nueva administración municipal no designe a la persona Coordinadora, la persona titular de la Visitaduría General se encargará del despacho de los asuntos que son de la competencia de la CMDH.

Por otro lado, si bien la administración que encabeza Enrique Galindo ha omitido presentar formal o públicamente a López Espinosa como titular de la Coordinación, a través de las redes sociales de la dependencia se le ha mostrado acudiendo a eventos ostentando esa figura, la última vez durante un encuentro con titulares de las coordinaciones municipales de Villa de Reyes y Mexquitic de Carmona.

REGLAMENTO
De acuerdo con el Reglamento de la CMDH, el nuevo titular debe cumplir al menos con los siguientes requisitos:

I.Ser persona mexicana, en pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
II. Tener residencia efectiva en el municipio no menor a dos años al momento de tomar
posesión de su cargo;
III. Contar con título profesional a nivel licenciatura debidamente registrado, así como
experiencia o estudios en derechos humanos;
IV. Gozar de buena fama pública;
V. No ser persona acreedora de sanción, o haber sido sancionada en el desempeño de
empleo, cargo o comisión en los servicios públicos federal, estatal o municipal, con motivo
de alguna recomendación emitida por organismos públicos de derechos humanos;
VI. No desempeñar, ni haber desempeñado durante los últimos seis años anteriores al
momento en que tome posesión, los cargos de titular de la Presidencia Municipal,
Sindicatura, Regiduría, Secretaría General, Oficialía Mayor y Tesorería del Ayuntamiento;
y
VII. No desempeñar, ni haber desempeñado puesto de elección popular a nivel Estatal o
Federal, durante los dos últimos años anteriores al momento de su posesión.

En su caso, antes de arribar a la Coordinación Municipal de Derechos Humanos, Jorge Andrés López Espinosa laboró durante 18 años en la Comisión Estatal de Derechos Humanos hasta que en 2017 fue electo como presidente de ese órgano descentralizado, cargo que ostentó hasta 2021.

Ese año intentó, sin éxito, convertirse en alcalde de la capital del estado, abanderado por Movimiento Ciudadano; además, pese a que se colocó en la primera posición para ocupar una regiduría, también en representación de ese instituto político, la cantidad de votos obtenidos lo dejó fuera.

Es abogado de formación, con estudios de posgrado en Derecho, Derechos Humanos, Seguridad Pública y Justicia; además, ha ejercido como docente en una serie de universidades privadas en San Luis Potosí.

Aunque podría cumplir con los requerimientos para encabezar la CMDH, el hecho de que su designación se llevara a cabo sin la debida convocatoria pública y el análisis del Cabildo, lo pone en entredicho.

A través de sus redes sociales personales, el extitular de la CEDH, tampoco ha hecho público nombramiento alguno, ni se ostenta abiertamente como titular de la Coordinación.

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