Emsavalles| | Domingo, 25 de Octubre de 2026| 10:53
A partir del 2027, los ayuntamientos deberán aprobar a más tardar el 30 de diciembre de cada año, el presupuesto anual de egresos que regirá el ejercicio fiscal inmediato posterior, donde se incluirá los tabuladores desglosados de las remuneraciones para los elementos de seguridad pública garantizando que reciban como mínimo 14 mil pesos netos mensuales.
Así lo señaló la reforma a la fracción IX, del inciso B), del artículo 31, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, una vez que entró en vigor con la publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).
La modificación legislativa estableció que los municipios deberán expresar el monto en su equivalente en unidades de medida y actualización (UMA) vigente, sujetándose a las bases previstas en el artículo 133 de la Constitución Política del Estado.
Así como la cuenta pública municipal anual que presente el tesorero del ayuntamiento, remitiéndola al Congreso del Estado para su revisión y fiscalización, en el plazo establecido en el artículo 53 de la misma Constitución.
Recordar que el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona presentó dicha iniciativa de ley en el Congreso del Estado, con el objetivo de dignificar el trabajo de los oficiales municipales y prevenir actos de corrupción.
Para lograr el cumplimiento de los 59 municipios, el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública (SECESP) lleva a cabo el seguimiento en coordinación con el Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE).
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