Fue aprobada actualización a la ley de protección a los animales del estado
Emsavalles| | Martes, 19 de Mayo de 2026| 16:15
A fin de fortalecer las medidas de protección a las mujeres, eliminar la revictimización en los procesos jurídicos y asegurar apoyo con traductores de lenguas maternas y de señas en refugios, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.
El objetivo es la armonización con la legislación federal en la materia, al reconocer el concepto de violencias.
Se incorpora el concepto de revictimización, entendido como el conjunto de acciones u omisiones, intencionales o no, que reproducen, agravan o prolongan el daño sufrido por una persona que ya ha sido víctima de un delito, violación a derechos humanos o situación de violencia, especialmente cuando estas provienen de autoridades, instituciones, medios de comunicación o del entorno social durante los procesos de denuncia, atención, investigación, juzgamiento o difusión del caso.
Implica que la persona afectada vuelva a experimentar sufrimiento físico, psicológico, emocional, social o simbólico, como consecuencia de prácticas tales como: tratos indignos, descalificación o culpabilización de la víctima, interrogatorios reiterados, innecesarios o insensibles; exigencia de relatar múltiples veces los hechos traumáticos; falta de confidencialidad o exposición pública de su identidad; retrasos injustificados, negligencia o inacción institucional; estereotipos de género, discriminación o prejuicios y falta de perspectiva de derechos humanos, género, niñez o interculturalidad.
Se incluye también el concepto de violencia simbólica, entendido como la manifestación de la discriminación estructural contra las mujeres, que se expresa a través de prácticas, mensajes, valores, símbolos, representaciones o expresiones de carácter público, privado o masivo que, de manera directa o indirecta, reproducen estereotipos de género y refuerzan relaciones desiguales de poder, atribuyendo una condición de inferioridad o subordinación jurídica social o cultural a las mujeres frente a los hombres.
Se establece que las órdenes de protección en delitos contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, deberán estar vigentes todo el tiempo que sea necesario para garantizar la reparación del daño o hasta que finalice la situación de riesgo, o bien, se actualice alguno de los supuestos de cancelación expresamente previstos en la ley.
Esto, debido a que dichos mecanismos no deben levantarse de manera automática por el simple transcurso del tiempo, sino revisarse caso por caso, privilegiando siempre la máxima protección de los derechos de las víctimas.
En los refugios para apoyo a las mujeres, deberán contar con personal traductor o intérprete en lengua materna o lengua de señas mexicanas, en caso de no tenerlo, podrán auxiliarse de las instituciones del estado correspondientes.
Otros dictámenes
Fue aprobado por unanimidad, el Decreto por el que se actualiza la autoridad ejecutora del Decreto Legislativo número 410, por el que se hace la referencia a la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (SEDUVOP) por la del Instituto de Regularización y Vivienda Social del Estado de San Luis Potosí (INREVIS), en todas las disposiciones, obligaciones, atribuciones y efectos jurídicos previstos en el Decreto Legislativo número 410, publicado en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis" el 29 de diciembre de 2005.
La sustitución surtirá efectos plenos e inmediatos, sin necesidad de ratificación, confirmación o reiteración de actos previamente emitidos.
De esta manera, el INREVIS ejercerá las atribuciones de regularización, escrituración, asignación y entrega de los lotes ubicados en el fraccionamiento Benito Juárez García, en el municipio de Matehuala, S.L.P., conforme a la Ley de Certeza Patrimonial y Vivienda Social del Estado de San Luis Potosí, su reglamentación y demás disposiciones aplicables.
El INREVIS deberá concluir los trámites pendientes de regularización patrimonial, asignación y escrituración derivados del Decreto Legislativo número 410, garantizando que los predios se destinen exclusivamente a casas habitación en beneficio de las personas de escasos recursos que los habitan.
También por unanimidad, se aprobó el Decreto por el que se autoriza a la Junta Estatal de Caminos de San Luis Potosí la baja administrativa de los bienes muebles del inventario institucional del organismo, por la causal de inexistencia, en virtud de haberse acreditado la imposibilidad material de su localización y recuperación.
Se aprobó por unanimidad la reformar del primer párrafo del artículo 33 y se adiciona la fracción XIII Bis al artículo 6°, y el artículo 43 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, en materia de inclusión laboral de las mujeres.
Por unanimidad, se aprobó la reforma a las fracciones, II, III, IV, y V, del artículo 65 BIS de la Ley de la Persona Joven del Estado y Municipios de San Luis Potosí, en cuanto a las atribuciones de la Comisión de Niñas, Niños, Juventud y Deporte, en lo relativo al "Parlamento de las y los Jóvenes del Estado de San Luis Potosí", fomentando la participación de la sociedad civil.
También por unanimidad, se aprobó la forma a diversas disposiciones de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, para incorporar en el apartado de animales de trabajo, a los animales para uso de labranza, y establecer claramente a las autoridades para atención animal a la persona titular del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud del Estado; la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental; la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos; la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Así como a las personas titulares de las presidencias municipales a través de la persona titular de la Secretaría General, las personas síndicos municipales, las direcciones de Seguridad Pública de los municipios o sus áreas homólogas.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria el próximo martes 26 de mayo a las 9:00 horas en el Salón Ponciano Arriaga Leija, de Jardín Hidalgo 19.
emsavalles© 2006 - 2026 Todos los derechos reservados. Queda prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos sin previa autorización.
Emsavalles Publicidad, Escontría, 216-A, Zona Centro, Ciudad Valles, S.L.P. Tel:481-382-33-27 y 481-381-72-86. emsavalles@hotmail.com. contabilidad@emsavalles.com
No. de Certificado de Reserva Otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor: 04-2021-071615041800-203