Domingo, 08 de Febrero de 2026
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO
Semana del 28 de Septiembre al 04 de Octubre 2012

Remuneraciones y Transparencia

Remuneraciones y Transparencia

Alejandro Zapata Perogordo



Uno de los puntos que desde hace años se ha puesto atención, se remite a las remuneraciones de los servidores y funcionarios públicos, tanto por su cuantía como por la obligación de transparentarlos. Esta circunstancia dio pie -inclusive- para una reforma constitucional, los excesos y la discrecionalidad fueron el fundamento para llevarla a cabo.

Así, en año 2009 se concreta la adición a la carta magna, dotada de gran especificidad, con la firme intención de evitar que funcionarios o gobiernos mañosos le sacaran la vuelta - con eso de que somos buenos para encontrar recovecos-, se trata de que todo el mundo tenga, conozca, aplique y atienda las reglas del juego. El piso se puso parejo para desterrar dudas.

La parte central se localiza en lo dispuesto por el artículo 127, que se refiere a que entran el universo completo, sin excepción alguna de los servidores públicos, sean federales, estatales o municipales, pertenezcan a entidades paraestatales, paramunicipales, fideicomisos públicos o cualquier otro ente de esa naturaleza, quienes deben recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

La fracción primera de este numeral, hace una definición en los siguientes términos: "Se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales". Las subsecuentes II y III, ponen como base que nadie puede ganar más que el Presidente de la Republica ni tampoco que su superior jerárquico.

Son por demás interesantes las fracciones V y VI, donde establecen por un lado que las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos y deben especificar y diferenciar la totalidad de sus elementos; fijos, variables y en especie. Así como la expedición de leyes que sanciones a quienes no cumplan.

Los numerales 115 y 116 se encuentran íntimamente vinculados con los anteriores al obligar a las legislaturas locales al momento de aprobar los presupuestos anuales, desglosar los tabuladores cuyas remuneraciones deben percibir los servidores públicos.

De conformidad con los artículos cuarto y quinto transitorios de la reforma se les dio un plazo de seis meses, a partir de Agosto del 2009, fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que los Congresos de los estados adecuaran sus leyes e inclusive tipificaran las sanciones penales y administrativas a quienes incumplieran con estas disposiciones. Y ¿qué paso?, ¡nada!, se la pasaron por el arco del triunfo.

A nadie le intereso, simplemente tanto en los estados como en los ayuntamientos se ha convertido en letra muerta con el beneplácito de los legisladores locales, probablemente ni siquiera se han dado por enterados. Si alguien acude a buscar las remuneraciones de los funcionarios públicos, se convierte en un viacrucis y cuando se obtiene, simplemente señalan lo nominal, eluden todo lo demás. En los propios presupuestos no se llega a especificar ni los criterios ni las bases para otorgar otro tipo de percepciones, circunstancias que abonan a la opacidad.

Ahora que el Presidente electo ha presentado su proyecto de iniciativa para la transparencia, es momento propicio para inculcar una dimensión ética en este rubro, máxime que son precisamente de su partido quienes gobiernan la mayoría de las entidades y por lo tanto obligados a demostrar en la práctica aquello que señalan en el discurso.

Estas cuestiones alientan en la letra y desaniman en los hechos. Ello conduce a la desconfianza ciudadana y a una falta de credibilidad social, " la mujer del Cesar no solo debe ser honesta, sino también parecerlo".

 


emsavalles© 2006 - 2026 Todos los derechos reservados. Queda prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos sin previa autorización.
Emsavalles Publicidad, Escontría, 216-A, Zona Centro, Ciudad Valles, S.L.P. Tel:481-382-33-27 y 481-381-72-86. emsavalles@hotmail.com. contabilidad@emsavalles.com
No. de Certificado de Reserva Otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor: 04-2021-071615041800-203 04-2022-080212185100-30.