Ante el incumplimiento de esta prestación ya ha habido incluso paro de labores en dos empresas.
El reparto de utilidades ha sido uno de los incentivos que más han beneficiado a las y los colaboradores de una empresa formalmente establecida, pues da un respiro -mucho o poco- a la economía de un trabajador o trabajadora.
EMPRESAS INCUMPLIDAS
En el caso de San Luis Potosí, ya son 6 quejas las que ha recibido la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por la falta de reparto de utilidades, según refirió el titular Néstor Eduardo Garza Álvarez.
De inicio, comentó que la conciliación es la primera alternativa de solución, pero en estos seis casos no se ha logrado.
A pocos días del 31 de mayo, fecha límite en la que las empresas deberían de repartir sus utilidades, cerca de 15 personas se han acercado a la institución a recibir asesoría, pero sólo 6 han presentado la queja de manera formal.
Refirió que a las empresas que se les interpusieron la queja no pasa de los 3 mil empleados y aunque no ha llegado la fecha límite para entregar las autoridades, los denunciantes exigen el pago de su utilidad.
EXHORTA DIPUTADO A CUMPLIR CON ESTE PAGO
El presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social en el Congreso del Estado, diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi llamó a las empresas a cumplir con su obligación legal de realizar el reparto de utilidades en tiempo y forma.
Amagó que desde la Comisión del Trabajo y Previsión Social se mantendrán atentos y coadyuvarán con las autoridades para asegurar el cumplimiento de la disposición legal.
"Para todos los trabajadores, este recurso representa mucho, ya que les permite cubrir compromisos pendientes o invertir en mejoras para sus hogares", subrayó.
FÓRMULA DE REPARTICIÓN DE UTILIDADES
De acuerdo con El Economista, refiere que "las empresas deben destinar el 10% de sus ganancias para repartir, eso lo dividen en dos partes iguales, la primera mitad se dispersa por igual entre todos los trabajadores, considerando el número de días laborados; la otra parte, se divide proporcionalmente con base en el salario percibido. Una vez que se ha individualizado el pago, éste puede ser reducido sólo si el monto supera el tope establecido en la LFT".
Quienes pueden participar de las utilidades son aquellos trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en la empresa en el año en el que éstas se generaron, aunque ya no sean miembros activos. Se tiene de plazo hasta el 30 de mayo para el cumplimiento de este pago.
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