José Mario de la Garza
El verdadero Plan B estaba en diciembre con esta ley que cuarta la libertad de expresión, cuarta la posibilidad de rendir cuentas sin informar, muchos no la vieron ver, quizá por alguna razón la publicaron el 28 de diciembre y por ahí se tomó como un mensaje entrelineado, pero ya se publicó y entró en vigor.
La ley de Comunicación Social tiene dos temas trascendentales, primero es cómo define la ley "propaganda gubernamentales" por cómo quedó aprobada "propaganda gubernamental" viene siendo -todo acto del gobierno que tenga que ver con difundir, comunicar, transmitir, cualquier mensaje que se quiera-; entonces si vemos en la actividad diaria de un municipio constantemente, a la luz de esta definición, están haciendo propaganda, un evento, una inauguración, un evento que haga el alcalde, espectaculares, que se pongan en la calle, anuncios que se compren en los medios de comunicación, algunos ayuntamientos han hecho inclusive ropa donde muestran logotipos del ayuntamiento, todo eso, cabe dentro de la definición de "propaganda", está amplísima la definición.
Como segundo punto, ahora dice La Ley -El límite del gasto del Programa Anual de Comunicación Social, en su conjunto, no debe rebasar el 0.1 por ciento del Presupuesto de Egresos Anual correspondiente- Entonces ¿qué implica esto? que tú tienes una ley que ya entró en vigor, que te dice que no puedes utilizar presupuesto del dinero que tienes nada más el 0.1%, que para los municipios es muy poquito dinero, eso implica de alguna manera coartar la información que le puede llegar a los ciudadanos, limitar que los alcaldes puedan informar, puedan rendir cuentas; algunos municipios fueron a la corte, más o menos 150 municipios de México en esta controversia, y está esto en la cancha del ministro Pérez Dayán, y veremos cómo se admiten estas controversias y a empezar a ver qué se dice en cuanto a la suspensión porque no saben qué hacer, te ponen una encrucijada, porque si tú te gastas más dinero del que está autorizado por esta ley de carácter general, alguien podría pensar que estás malversando fondos públicos y podría pensar que estás actuando de forma ilegal, entonces no está fácil este contexto me parece un plan muy maquiavélico del presidente porque con una ley que parecía que no tenía mucho problema y se aprobó en diciembre, pone a los municipios y a los gobiernos en contra de la pared, porque no puedes difundir nada, no puedes hacer ninguna actividad que implique difusión, y si lo haces con dinero público puede ser denunciado penalmente, puede ser sancionado por cometer un acto ilícito.
Esta ley tiene un tema crítico, muchos municipios no la vieron venir, no fueron a la corte y van a estar una situación bien complicada porque la ley entró en vigor el 28 de diciembre del 2022, ya está vigente para este año, y va a utilizarse con mucha estrategia política en términos electorales. Vamos a empezar a ver cómo en algunos casos van a decir "este alcalde, o esta alcaldesa malversó fondos públicos" y si tú cometes eso es un delito, está en la ley, tú no puedes utilizar dinero público vaya en contra de una norma. Ese es un gran tema también que está puesto ahí, quizás no ha tenido los reflectores que tiene lo del INE, que fue la marcha y todo esto, pero ese tema puede impactar la vida, la administración, y la responsabilidad política y jurídica de los alcaldes en nuestro país.
El artículo 115 dice que -los municipios en México son autónomos-, el hecho de que una ley federal que propone el presidente, que se aprueba por el Congreso, me puede imponer restricciones o limitaciones en la manera en la que yo decido gastarme el dinero, yo sí creo que viola el 115 y va en contra de la autonomía de los municipios, pero solo tiene que declarar la corte. Ahora estas controversias van a beneficiar a quien las presentaron, las sentencias van a ser por ejemplo, San Luis Potosí que promovió esa ley viola su autonomía y por lo tanto San Luis Potosí no está obligado a acatar esta ley; entonces sí es un tema de los municipios, y va a ser muy interesante ver quiénes sí logran tener una sentencia de la corte, que declare la inconstitucionalidad de esta Ley de Comunicación Social y quiénes no.
El plazo ya venció, ya no lo pueden presentar ahorita ya está vencido el plazo ya los municipios que no lo presentaron ya no se pueden adherir, esto es individual, cada municipio tendría que haberlo hecho de forma independiente, la ley ya está vigente, y la ley la van a tener que cumplir, inclusive hay un transitorio que dice -a partir de la entrada en vigor, que fue el 28 de diciembre, los municipios tienen 120 días para modificar sus presupuestos y para aplicar 0.1% en propaganda- ahorita ya está corriendo ese plazo para modificar los presupuestos, y decir -nos íbamos a gastar 10, ahora nos vamos a gastar uno – el 0.1% de muchos municipios de San Luis Potosí pueden ser cien mil pesos, para que vean la reducción que se viene.
En el tema de los medios no va a ser tan fácil con esa limitación presupuestal, digamos que el contrato también podría caer dentro de una ilicitud, quizás estás contratando o te están contratando y te están pagando con un dinero que está fuera de una norma jurídica, veo bien complejo el asunto, con esa limitación si al rato el municipio trae un gasto de dos o tres millones de pesos en propaganda entonces van a decir -Oye cometiste un delito, porque tenías una norma que está vigente que te dice que no te puedes gastar dinero y lo gastaste, y eso se llama malversar fondos públicos y está tipificado en el código penal- Esto tiene muchísimas implicaciones, no lo están viendo en su justa dimensión, y se puede venir inclusive como una herramienta también de ataque político, empiezan a buscar quién gastado más dinero y atacan por ese lado.
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