Aprobadas reformas al código penal y a la ley de protección a los animales estatal, en materia de protección a los animales en peligro de extinción.
Emsavalles| | Martes, 03 de Febrero de 2026| 15:38
En Sesión Ordinaria, se aprobó el Decreto que declara la vacante en la titularidad de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales, de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, con efectos a partir del 29 de diciembre del 2025.
Esto, ante la renuncia con carácter irrevocable presentada por el Mtro. Luis Fernando González Macías, Fiscal Especializado en Materia de Delitos Electorales.
Con esto, se hace del conocimiento del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Titular del Poder Ejecutivo de la Entidad, para que en im término de 30 días naturales contados a partir de la publicación del Decreto, envíe a este Congreso del Estado, propuesta de terna de profesionistas para que dé entre éstos, se elija a quien ocupará el cargo a partir del día de su elección y hasta el 19 de diciembre de 2030.
También, se hace del conocimiento de la persona Titular de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, la vacante declarada en la titularidad de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales, de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, con efectos a partir del 29 de diciembre del 2025.
Otros dictámenes.
Por unanimidad, se aprobó el Decreto que reforma la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado, para establecer como obligación de los municipios, el identificar, delimitar y destinar reservas territoriales específicas para el establecimiento de parques o zonas industriales, atendiendo los criterios de sustentabilidad, compatibilidad de usos del suelo, conectividad, así como la protección de áreas naturales protegidas y la prevención de zonas de riesgos.
Estas reservas deberán integrarse a los Programas Municipales de Desarrollo Urbano y contar con la infraestructura básica y los servicios indispensables para su adecuado funcionamiento.
Para tal efecto, los municipios podrán solicitar el acompañamiento técnico, jurídico o metodológico que resulte necesario, el cual podrá brindarse mediante mecanismos de coordinación interinstitucional o esquemas de colaboración público-privada, conforme a la disponibilidad de recursos y a las capacidades administrativas de cada Ayuntamiento.
Fue aprobado el Decreto que adiciona la Ley de Cultura para el Estado y Municipios, para agregar el concepto de cosmovisión para fortalecer la protección y el respeto de las diversas formas de ver y comprender el mundo de los pueblos y comunidades indígenas, así como garantizar los derechos culturales de mujeres, niñas, niños y adolescentes y mujeres con discapacidad, espacios culturales libres de violencia.
Además, de incluir mayor número de mujeres como profesoras dentro de las casas de cultura, promover mediante antologías el fortalecimiento de la lengua materna de los municipios con población indígena, garantizando la inclusión de las mujeres, con la finalidad de conservar y preservar las tradiciones y costumbres de los pueblos indígenas.
Se aprobó por unanimidad, el Decreto que adiciona un párrafo cuarto al artículo 60 de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, para promover un uso responsable de la tecnología, por lo que se establece que las autoridades educativas determinarán el uso complementario que se dará al uso del celular y demás dispositivos electrónicos como material educativo de apoyo a la enseñanza y aprendizaje de estudiantes del nivel básico, estableciendo para ello los lineamientos necesarios para su aplicación dentro de la jornada escolar.
Por unanimidad, se aprobó reformar el Código Penal del Estado, y la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, en materia de protección a los animales en peligro de extinción, estableciendo sanciones puntuales contra estas conductas.
De esta manera se establece en el Código Penal del Estado, que cuando el maltrato produzca la muerte de una especie que se encuentre en peligro de extinción, amenazada o sujeta a protección especial conforme a la NOM-059- SEMARNAT-2010, se impondrá pena de cuatro a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.
Y, se establece en la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, que se prohíbe dañar o matar animales, que se encuentren en peligro de extinción, amenazadas o sujetas a protección especial enunciadas y conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010.
A quien contravenga el presente artículo, se le impondrá una pena y sanción pecuniaria, conforme a lo dispuesto en la fracción III BIS, del artículo 317 del Código Penal del Estado de San Luis Potos
Se aprobó el Decreto que reforma la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios, para establecer la obligación de actualizar de manera periódica la información relativa a la evaluación de la pobreza y marginación que lleva a cabo el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, con la intención de que dicha información, sirva de base para la elaboración y actualización de los programas municipales de desarrollo social.
Además, incluir en su presupuesto de egresos anual, los recursos necesarios que les permita atender por sí mismos, y con la concurrencia de recursos federales y estatales, los daños que produzca un fenómeno natural cuyos efectos, reduzcan los impactos de las obras y acciones que sé hubieran implementado para avanzar en el desarrollo social; y promover la organización y la participación de la sociedad, en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas públicas municipales y de las metas y objetivos de planes y programas de desarrollo social.También se aprobó el Decreto que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, para establecer puntualmente que la agenda legislativa de los Grupos y Representaciones Parlamentarias que deberá ser entregada a la Directiva, a más tardar el quince de octubre del año en que se instale la Legislatura correspondiente, será publicada en la página de internet del Congreso del Estado.
Se aprobó por unanimidad, la reforma a los incisos a) y b) de la fracción XII del artículo 28 del Decreto 0389 que expide la Ley de Ingresos del Municipio de Cerritos, S.L.P., para el ejercicio fiscal 2026, publicada en Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis" en edición extraordinaria del 30 de diciembre de 2025, con la cual se hace la corrección para los cobros por las copias, fotostática y certificada de 0.50 el valor de la UMA, para que estos queden establecidos en 0.50 centavos.
Punto de Acuerdo
Se aprobó por unanimidad que la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí exhorta, de manera respetuosa e institucional, a los Ayuntamientos del Estado para que actualicen sus reglamentos municipales aplicables, a fin de que sean congruentes con la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí.
También, exhorta de manera respetuosa e institucional, a los Ayuntamientos del Estado de San Luis Potosí, para que analicen la posibilidad de crear e implementar acciones y/o programas, conducentes a la aplicación pronta y eficaz de la restricción contenida en el artículo 18 y el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley de Protección de los Animales para el Estado de San Luis Potosí.
A las comisiones legislativas, se turnaron las iniciativas y Puntos de Acuerdo presentados por las y los integrantes de la LXIV Legislatura; así como la correspondencia recibida.
En Asuntos Generales, el diputado Carlos Arreola Mallol hizo posicionamiento en relación a la defensa de la Soberanía Nacional, ante dichos del presidente de Estados Unidos, Donald Trump. Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria, el próximo martes 10 de febrero a las 10:00 horas en el Salón "Ponciano Arriaga Leija", de Jardín Hidalgo 19.
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