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SCJN valida reforma a Leyes de Salud Mental e Inclusión en San Luis Potosí

SCJN valida reforma a Leyes de Salud Mental e Inclusión en San Luis Potosí

Redacción| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Lunes, 31 de Marzo de 2025| 08:23


  • El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma realizada por el Poder Legislativo a las Leyes de Salud Mental y para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, ambas del Estado y Municipios de San Luis Potosí.

    Esto se dio a través del Decreto 0768, que derogó el Capítulo IV denominado "De la familia de los usuarios" del Título Primero y el artículo 4 de la primera ley, así como el Decreto 0769, que reformó el artículo 40, fracción I, y derogó la fracción XVIII del artículo 11 de la segunda.

    Inicialmente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), mediante la Acción de inconstitucionalidad 153/2023, argumentó que la consulta llevada a cabo no cumplió con los parámetros establecidos por la SCJN.

    Sin embargo, el Máximo Tribunal determinó que las personas con discapacidad sí tuvieron la libertad de opinar y expresarse respecto a las propuestas legislativas e incluso sobre otros temas de su interés. Además, los resultados de la consulta fueron analizados por el Congreso local para la emisión de las medidas legislativas impugnadas.

    El ejercicio de consulta también cumplió con las características de ser estrecha, con participación preferentemente directa de las personas con discapacidad, y transparente, pues incluyó la intervención de adultos, niños y niñas con discapacidad, así como de organizaciones civiles. Se garantizó además el acceso a asistencias y materiales accesibles para facilitar su participación.

    Asimismo, la documentación generada durante la consulta y el proceso legislativo, como el informe de resultados y los dictámenes de las comisiones, fue dada a conocer a las personas con discapacidad antes de su discusión y aprobación.

    Finalmente, la SCJN determinó que la consulta cumplió con los estándares nacionales e internacionales, por lo que declaró infundados los argumentos de invalidez y reconoció la validez de los decretos impugnados.

     


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