Wendy Salazar
[B]¿Cuándo termina?[/B]
1.Cuando hayan transcurrido 12 meses consecutivos.
2.Cuando obtengas un empleo en el que te descuentan de tu salario el pago de tu crédito.
Otra opción que tenemos son el Seguro de Protección de Pagos.
[B]¿En qué consiste?[/B]
1.Aplica si iniciaste tu trámite de otorgamiento de crédito entre 2007 y 2008.
2.Cubre hasta 6 mensualidades (capital e intereses) y aplica cuando pierdes tu empleo de manera involuntaria durante los primeros 5 años después de ejercer tu crédito.
3.No aplica si se interrumpió voluntariamente la relación laboral (renuncia voluntaria, término de contrato temporal) o bien si te pensionas por retiro.
4.En el caso de créditos cofinanciados con entidades financieras, sólo se cubre el pago del crédito otorgado por el Infonavit.
[B]¿Cómo lo obtienes?[/B]
1.Deberás conseguir el formato de reclamación en www.infonavit.org.mx sección “Acreditado“ Menú ¿Ya tienes crédito? opción Seguro de Protección de Pagos.
2.Enviar a la aseguradora vía fax (01 800 702 29 17 ó al 01 477 152 25 85) o al correo electrónico seguro-proteccion@genworth.com los siguientes documentos:
a) Formato de reclamo debidamente firmado
b) Copia de documento probatorio de pérdida de relación laboral involuntaria (Finiquito, copia del cheque de indemnización, sentencia que declare el despido injustificado),
c) Identificación personal.
3.En este caso, la aseguradora aplicará el beneficio a partir de la fecha de baja laboral registrada en los sistemas del IMSS.
4.Podrás presentar tu reclamación en un plazo máximo de 2 años a partir de la pérdida de la relación laboral.
[B]¿Cuándo termina el beneficio?[/B]
1.Habiendo utilizado las seis mensualidades a que tiene derecho.
2.Al obtener un empleo en el que te descontarán de tu salario, el pago de tu crédito.
Devolución de primas no utilizadas:
1.Si el crédito se liquida antes de cinco años posteriores a su otorgamiento.
2.Si no has utilizado el Seguro de Protección de Pagos y te jubilas antes de cinco años posteriores a su otorgamiento, se te abonará al crédito la prima del seguro no utilizada.
3.En los dos casos anteriores, deberás solicitar la devolución a Infonatel*
*Infonatel: 9171-5050 en la ciudad de México; 01 800 008 3900 desde el interior de la república.
Fondo de Protección de Pagos (para acreditados que iniciaron su trámite a partir de 2009)
[B]¿En qué consiste?[/B]
1.Aplica si tu crédito se originó a partir del 1o de enero del 2009.
2.El Fondo protege hasta 6 mensualidades de tu crédito cada 5 años.
3.La aportación que se toma del Fondo y tus pagos son suficientes para cubrir la totalidad de los intereses y capital de la mensualidad.
[B]¿Cómo se obtiene?[/B]
1. Debes realizar aportaciones del 2% al fondo, sobre el pago bimestral, de forma periódica en las mismas fechas en que se realicen los pagos establecidos de tu crédito hasta por 6 meses, a fin de cubrir la porción de la mensualidad que le corresponde al REA.
2. Autorizar el cambio de prórroga al Régimen Especial de Amortización (REA)
3. Después de que pierdes la relación laboral, deben transcurrir cuatro meses consecutivos sin que vuelvas a emplearte.
4. Dependiendo de tu contrato, deberás cubrir alguna de las siguientes cantidades por concepto de aportación complementaria, en caso de hacer uso del Fondo de Protección de Pagos:
* Veces Salario Mínimo Mensual (VSMM).
Las cantidades varían en proporción al incremento del salario mínimo vigente en el Distrito Federal. El Fondo, aportará la parte de la mensualidad que te corresponde, siempre y cuando cubras tu aportación complementaria.
[B]¿Cuándo termina el beneficio?[/B]
1.Cuando el Fondo haya cubierto los pagos por seis mensualidades en cinco años. El beneficio se tiene durante toda la vida del crédito cada 5 años
2.Teniendo nuevamente empleo.
3.Cuando no efectúes la aportación complementaria del mes que te corresponde, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que debiste hacerlo.
4.Cuando firmas un convenio de reestructura durante el plazo en que estás recibiendo el beneficio del Fondo.
5.Al término del plazo de este beneficio, deberás hacer tus pagos directos por el importe del pago mensual contratado.
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