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Semana del 06 de Febrero al 12 de Febrero de 2015

Según la UNAM, el 85% de juristas en México ignoran la ley suprema

Según la UNAM, el 85% de juristas en México ignoran la ley suprema

Bertoldo Castillo Gómez



La constitución sin la justicia es renga y la justicia sin los juristas es ciega parafraseando las declaraciones de Albert Einstein al recibir el Premio Nobel de Física, Señores, la ciencia sin religión es renga y la religión sin ciencia es ciega. Lo anterior en memoria de la celebración del nonagésimo octavo aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.

Retomando una investigación de la UNAM, sólo un 15% de los juristas en México tienen entendimiento de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluidos los postulantes que al no conocer la Ley Suprema de toda la Unión, no sabemos pedir, y al no saber pedir, los jueces no nos saben dar y en el pedir está el dar como dice el dicho.

En numeraria, en sus 136 artículos más los transitorios, la Carta Magna, cuenta en su haber con más de 575 reformas desde su creación en el año 1917 hasta el año actual, de las cuales 110 fueron impulsadas y aprobadas en la administración del ex presidente Lic. Felipe Calderón Hinojosa, siendo éste, el número más alto hasta ahora, siguiéndole el Lic. Ernesto Zedillo con 77 y el acaecido Lic. Miguel De la Madrid Hurtado con 66 de ellas y hasta ahora, el Presidente actual Enrique Peña Nieto lleva 11 reformas; será por que como afirmaba León Tolstoi, es más fácil hacer leyes que aplicarlas.

El artículo 73 es el que lleva más de 68 reformas y de los 136, sólo 27 artículos no han tenido ningún cambio o propuesta alguna.

En los primeros 29 artículos se encuentran las llamadas garantías individuales que actualmente han sido elevadas al rango de derechos humanos, posicionándola en el primer lugar a nivel internacional en tener dicho reconocimiento y que por su contenido, la Constitución Mexicana es de las más avanzadas en el mundo por establecer las bases para un estado democrático, social y de derecho, desde su entrada en vigor el primero de Mayo de 1917, en sustitución inmediata a la del año 1857.

La mayoría de los juristas la desconocemos y por ello como litigantes, estamos obligados a estudiar cada día más, ya lo dijo el Doctor Eduardo Couture, el derecho se transforma constantemente y si no seguimos sus pasos seremos cada día un poco menos abogados, sin embargo, espeta, el Congreso de la Unión ha excluido al primero de los derechos humanos que es el derecho a la vida que se genera desde la concepción ya que es un principio universal del derecho, el que es primero en tiempo, es primero en derecho, los legisladores han pasado por alto el PRISTINO, el primero de los derechos humanos y que ha sido relegado hasta el artículo 123 en sus fracciones V y XV de la Suprema Ley, en donde si bien es cierto que protege la vida desde la gestación-concepción, dejan la impresión de que la vida humana no es lo primordial de los derechos humanos y confiamos que en posteriores reformas se rectifique tan grave error.

Como postulantes, tenemos que quererla y respetarla aún con sus vacíos y contradicciones, como el único medio de alcanzar la justicia como valor supremo de convivencia humana sin dejar de creer en ella, sin dejar de tener fe.

 


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