Redacción| Emsavalles| Ciudad Valles, S.L.P.| Lunes, 29 de Diciembre de 2025| 07:39
Para el ejercicio fiscal 2026, la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (DAPAS) de Ciudad Valles no podrá realizar incrementos a la tarifa del agua potable en los servicios doméstico, comercial, público e industrial que superen los ocho puntos porcentuales.
Así lo establece la Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Conexos del organismo operador paramunicipal del municipio, incluso en el escenario de que las condiciones económicas del país generen un aumento considerable en el Índice Nacional de Precios al Productor (INPP).
La normativa señala que las cuotas y tarifas, tanto de servicio medido como fijo, se ajustarán de manera mensual conforme al porcentaje correspondiente a la actividad económica "091 agua potable" del INPP, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
El cálculo del ajuste se realizará aplicando dicho porcentaje a la cuota base establecida, sin que se acumulen incrementos mes con mes. Es decir, cada ajuste se calculará siempre sobre la tarifa original y no sobre aumentos previos.
Finalmente, la ley precisa que, al presentar su propuesta de cuotas y tarifas para el siguiente ejercicio fiscal, la DAPAS deberá reflejar el resultado final del incremento acumulado permitido, conforme a los lineamientos establecidos.
emsavalles© 2006 - 2025 Todos los derechos reservados. Queda prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos sin previa autorización.
Emsavalles Publicidad, Escontría, 216-A, Zona Centro, Ciudad Valles, S.L.P. Tel:481-382-33-27 y 481-381-72-86. emsavalles@hotmail.com. contabilidad@emsavalles.com
No. de Certificado de Reserva Otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor: 04-2021-071615041800-203