Redacción| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Lunes, 22 de Diciembre de 2025| 08:16
Los 59 municipios de San Luis Potosí tendrán poco más de un año para cumplir con la planeación, programación y presupuestación de acciones destinadas al tratamiento de aguas residuales, previo a su descarga en cuerpos receptores.
Lo anterior se establece tras la entrada en vigor de la reforma a los artículos 76 y 76 Bis de la Ley de Aguas para el Estado, publicada en el Periódico Oficial del Estado (POES).
La reforma obliga a los ayuntamientos y organismos operadores a modificar sus instrumentos de planeación municipal, así como a realizar las previsiones presupuestales necesarias para atender esta responsabilidad ambiental.
El proceso deberá apegarse a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Ambiental del Estado, y a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, que fija los límites permisibles de contaminantes en descargas de aguas residuales en cuerpos de agua propiedad de la nación.
Entre las acciones obligatorias se contempla la elaboración de un diagnóstico de las fuentes municipales de descarga, un listado de descargas sanitarias, la aplicación de medidas de limpieza, reconducción o tratamiento previo, así como la implementación de mecanismos de evaluación y mejora progresiva.
La reforma busca reducir la contaminación hídrica, fortalecer la protección ambiental y garantizar que los municipios cumplan con criterios técnicos, ambientales y sociales en el manejo de sus aguas residuales.
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