Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Martes, 30 de Junio de 2026| 08:00
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) contará con protección legal sobre su patrimonio, el cual está conformado por la totalidad de sus bienes, activos, cuentas bancarias y demás recursos que lo integran, mismos que serán inembargables e imprescriptibles.
Esto significa que, en ningún caso, dichos bienes podrán ser objeto de medidas cautelares, ejecución judicial o administrativa, y quedarán sujetos al régimen establecido por la legislación estatal aplicable en materia patrimonial.
Lo anterior entró en vigor tras la publicación del Decreto 0573 en el Periódico Oficial del Estado (POE), mediante el cual se reformaron los artículos 7 y 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado.
La reforma también establece que las y los integrantes del Pleno elegirán de entre ellos a la persona titular de la presidencia, quien además encabezará el Tribunal por un periodo de dos años, sin posibilidad de reelección para el periodo inmediato siguiente.
Asimismo, se señala que, en caso de que la magistrada o magistrado que ocupe la presidencia esté próximo a concluir el periodo para el cual fue electo como integrante del Tribunal, el Pleno deberá reunirse dentro del mes previo a la conclusión de dicho periodo para nombrar a una nueva presidenta o presidente por otros dos años.
Finalmente, se informó que este mismo procedimiento aplicará al término de cada gestión en la presidencia, así como en caso de renuncia de alguna magistrada o magistrado.
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