Domingo, 08 de Febrero de 2026
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO
Semana del 07 de Febrero al 13 de Febrero 2014

Nuestra Constitución

Nuestra Constitución

Guillermo Wild Santamaría



La Constitución es la ley fundamental de un Estado. En ella, se establecen los derechos y obligaciones esenciales de los gobernantes y los gobernados. Se trata de la norma jurídica suprema de nuestro país y ninguna otra ley, precepto o disposición puede contravenir lo que ella expresa.

Nuestra Carta Magna es la expresión de la soberanía del pueblo. Conforme a nuestra Ley Fundamental, la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, del cual dimana todo poder público y se instituye para beneficio de éste, quien además tiene el derecho inalienable de alterar o modificar en todo tiempo la forma de su gobierno.

El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión en los casos de la competencia de éstos, y por los Estados en lo que toca a sus regímenes interiores en los términos respectivamente establecidos por la Constitución Federal y las particulares de los Estados.

De acuerdo con nuestra Constitución, México tiene la organización política de una República representativa, democrática y federal, compuesta de Estados y municipios libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una Federación.

A lo largo de nuestra historia, de la mayoría de los mexicanos por formar un país:

La primera es la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 cuyos antecedentes los encontramos en la Constitución Española de Cádiz de 1812, en los "Sentimientos de la Nación" de Don José María Morelos y Pavón y en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana o Constitución de Apatzingán de 1814.

En febrero de 1856, tras la firma del Plan de Ayutla --que desconocía el gobierno de Antonio López de Santa Anna-- como consecuencia del movimiento revolucionario encabezado por Juan Álvarez, fue convocado un Congreso Extraordinario reunido en la Ciudad de México. Un año después, el 5 de febrero de 1857, el Presidente Ignacio Comonfort y el Congreso Constituyente aprobaron la nueva constitución la cual conservaba el federalismo, las libertades de trabajo, de propiedad, de expresión de ideas, de imprenta, de asociación, de petición y de comercio, y la abolición de la esclavitud. En ella se establecían como ciudadanos con derecho a voto todos los mexicanos varones que hubieran cumplido 18 años si eran casados y 21 si no lo eran.

Unos meses después y en vista de que el nuevo ordenamiento no había logrado una estabilidad en el país, el propio Comonfort la desconoció y se sumó a la rebelión de Ignacio Zuloaga. La rebelión tuvo como consecuencia la llamada Guerra de Tres años o Guerra de Reforma, entre los conservadores que desconocían la constitución y los liberales que la defendían. Triunfaron los liberales encabezados por Benito Juárez y durante el curso de la guerra se emitieron una serie de ordenamientos conocidos como Leyes de Reforma, entre las que destacan las que establecen la separación entre la Iglesia y el Estado Mexicano.

La Constitución de 1857 fue un elemento jurídico fundamental en la defensa ante la invasión francesa y el imperio de Maximiliano de Habsburgo. Tuvo vigencia plena tras la expulsión de los extranjeros y permaneció en vigor hasta 1917.

Después de la Revolución de 1910 y como una consecuencia de ésta y ante el obvio deterioro de las instituciones, México necesitaba fortalecer su sistema político para garantizar la seguridad de las personas y su patrimonio. En este contexto histórico el presidente Venustiano Carranza, convocó en diciembre de 1916 al Congreso para presentar un proyecto de reformas a la Constitución de 1857. El documento pasó por una serie de modificaciones, revisiones y adiciones en un esfuerzo por plasmar en su contenido la nueva realidad del país.

Finalmente, en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro, fue promulgada el 5 de febrero de 1917 la nueva Constitución, que actualmente nos rige. En ella se establecieron los ideales revolucionarios del pueblo mexicano con un marcado contenido social y se plasmó un gobierno para todos los mexicanos sin distinción de raza, credo, condición política o social.

Nuestra Carta Magna estableció plenamente las garantías individuales y reconoció los derechos sociales, como el de huelga y el de organización de los trabajadores, el derecho a la educación; así también la libertad de culto, la enseñanza laica y gratuita, la jornada de trabajo máxima de 8 horas y se reconocieron como fundamentales la libertades de expresión y la asociación de los trabajadores esto es, la creación de sindicatos.

La constitución de 1917 estableció una forma de Gobierno republicana, representativa, demócrata y federal. Se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislativo. Éste último, el legislativo pasó a conformarse como un sistema bicameral, constituido por una cámara de diputados y una de senadores. Asimismo, la Constitución decretó la no reelección y ratificó el sistema de elecciones directas, suprimió la vicepresidencia y otorgó una mayor autonomía al Poder Judicial al tiempo que más soberanía a los estados y a los municipios. Por otra parte, la Carta Magna creó el municipio libre y estableció un ordenamiento agrario relativo a la propiedad de la tierra.

Desde su aparición, la Constitución de 1917 ha experimentado más de 500 modificaciones para responder al entorno político, social y económico de nuestro país.

Ejemplo de estas modificaciones son las reformas de 1953, en que se otorgó el derecho a voto a las mujeres, y de 1969 en que se concedió la ciudadanía a todos los mexicanos mayores de 18 años, así como las sucesivas reformas electorales de 1977, 1994 y 1996 destinadas a garantizar elecciones legales y respetuosas de la voluntad popular.

Las modificaciones más recientes a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se dieron en diciembre del 2013 bajo el nombre de "Reforma Energética" y fomentan la inversión privada en la industria petrolera mexicana con el fin de generar un mayor empleo y una mayor riqueza y en consecuencia un mayor bienestar para todos los mexicanos.

Hoy, es necesario entender que los preceptos legales deben de adecuarse a los nuevos tiempos y a las nuevas realidades de nuestro país. Es imposible suponer que el congreso constituyente de 1857 y el de 1917 pudieran haber vislumbrado el camino futuro de la nación y plasmarlo en las respectivas constituciones por lo que es necesario adecuar no solo la Constitución, sino todo el marco legal a las nuevas realidades económicas, políticas y sociales que vive y vivirá México. En ese sentido es importante reconocer en los integrantes del Honorable Cabildo de Ciudad Valles el compromiso, el esfuerzo y la dedicación que han puesto en su labor cotidiana de adecuar las leyes y reglamentos municipales con fin de darle respuesta a las necesidades de los vallenses. Han puesto de lado sus intereses partidistas y personales y se han sumado de una u otra manera al arduo trabajo de conciliar para generar más y mejores espacios en la construcción de un Valles mejor. Las modificaciones tienen que ver con rubros tan importantes como la obra pública o la seguridad y tan intrascendentes como los vehículos abandonados en la vía pública que hoy por hoy se han convertido en focos de inestabilidad social y transmisión de enfermedades. Por ello y aprovechando la oportunidad en la que festejamos al Constituyente del 1857 y de 1917, aprovechamos la oportunidad de reconocer una vez más, a nuestros regidores y en general a quienes pertenecen al Honorable Cabildo ya que tienen ante sí el gran reto y la enorme responsabilidad de ser unos constituyentes de tiempo completo para el beneficio de la sociedad, situación, que durante estos 16 meses de gobierno en movimiento han logrado con creces.

Amigos y amigas yo con esto me despido y no se les vaya a olvidar que mi nombre es Guillermo Wild y...... ¡¡¡QUE VIVA VALLES!!!

 


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