Redacción| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Lunes, 13 de Octubre de 2025| 09:13
Los ayuntamientos de San Luis Potosí tendrán un plazo no mayor a cuatro meses, contados a partir de su toma de posesión, para elaborar, aprobar y publicar su Plan Municipal de Desarrollo, documento que servirá como guía para la planeación y ejecución de sus políticas públicas.
Este plan no podrá tener una vigencia mayor al período constitucional correspondiente y deberá ser congruente con el Plan Estatal de Desarrollo, así como con los principios establecidos en la Ley de Planeación del Estado y Municipios.
En el caso del Plan Estatal de Desarrollo, deberá apegarse a criterios de interés público, legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas, transversalidad de la perspectiva de género y fortalecimiento de la familia.
Con la entrada en vigor de esta disposición, tanto el estado como los municipios deberán diseñar, operar y difundir un sistema de información abierto que permita a dependencias federales, estatales, al Congreso del Estado y a la ciudadanía conocer el ejercicio de recursos de los siguientes fondos: Fondo para la Infraestructura Social Municipal, Fondo para el Fortalecimiento Municipal, Fondo Estatal para la Infraestructura Social
El objetivo es transparentar los recursos públicos y dar seguimiento a los impactos sociales que generen las obras y programas en los municipios potosinos.
Asimismo, se instruye que, dentro de sus atribuciones, los gobiernos locales diseñen políticas y programas orientados a la protección y fortalecimiento de las familias, buscando mejorar sus condiciones de vida y promover el bienestar comunitario.
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