Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 30 de Diciembre de 2020| 16:24
El pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) aprobó en sesión ordinaria virtual, la implementación de las "Medidas 3 de 3 contra la violencia" a las solicitudes de registro de candidaturas a los cargos de elección popular para el Proceso Electoral Local 2020-2021.
Dicho documento establece las bases para garantizar a las mujeres sus derechos políticos electorales, libres de violencia mediante mecanismos para la prevención, atención sanción y erradicación de la violencia política de género.
Todo esto por medio de un mecanismo que se encargara de que cada persona aspirante a una candidatura firme un formato, de buena fe y bajo protesta de decir la verdad, donde manifieste: no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica; por delitos sexuales o contra la libertad sexual y no haber sido señalado como deudor alimentario, que atente contra las obligaciones alimentarias o que cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.
Así también fueron aprobadas las sustituciones de personas integrantes de las Comisiones Distritales Electorales 07, con cabecera en San Luis Potosí; 09 con cabecera en Soledad de Graciano Sánchez; y los Comités Municipales Electorales de: Cárdenas, Catorce, Charcas, Ébano, Lagunillas, Moctezuma, Salinas, San Ciro de Acosta, San Luis Potosí, Santo Domingo, Santo Domingo, Tamasopo, Vanegas, Venado, Villa de la Paz, Villa de Reyes, San Martín Chalchicuautla, Coxcatlán, Tamazunchale y Villa de Arriaga.
Lo anterior como consecuencia de las renuncias presentadas ante este organismo electoral, y de la no aceptación de nombramientos emitidos, por lo que considerando la revisión que se llevó a cabo de cada una de las personas ya integrantes de los organismos desconcentrados así como de las consideradas en las listas de reserva se realizan las sustituciones conducentes con las personas más aptas para desempeñar los cargos en los que son asignados.
En otro punto del orden del día fue aprobado el acuerdo mediante el cual queda establecido el diseño de la documentación electoral sin emblemas y los materiales electorales a utilizarse durante el proceso electoral local 2020–2021, lo anterior en cumplimiento a lo establecido en el artículo 44 fracción I, inciso f) de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, así como en lo dispuesto en el Artículo 160 del Reglamento de Elecciones y su anexo 4.1.
El número total de materiales y documentos a producir se ajustara conforme al número de casillas electorales básicas, contiguas, extraordinarias y especiales; así como al número de personas inscritas en el listado nominal que para tal efecto apruebe el Instituto Nacional Electoral.
En otro numeral del orden del día el Pleno del CEEPAC dio cuenta de un informe relativo a las resoluciones que competen a este organismo electoral y que fueron dictadas por el Tribunal Electoral y la Sala Monterrey; de las cuales dos se refieren a juicios de revisión constitucional, una a un recurso de apelación y finalmente una a un recurso de revisión
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