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Aprueba Ceepac Medidas 3 de 3 contra la violencia

Aprueba Ceepac Medidas 3 de 3 contra la violencia

Candidatos con conductas misóginas no podrán continuar en la contienda

Fernanda Padilla| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 30 de Diciembre de 2020| 14:00


  • El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí (Ceepac) aprobó por unanimidad el acuerdo mediante el cual se adiciona la implementación de las "Medidas 3 de 3 contra la violencia" a las solicitudes de registro de candidaturas a los cargos de elección popular para el Proceso Electoral Local 2020-2021 en el Estado de San Luis Potosí.

    Dentro de los antecedentes señalaron que el 28 de octubre es consejo general del INE tomó el acuerdo para probar los lineamientos para que los partidos políticos nacionales y en su caso los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género.

    Sentenciaron que el objetivo de dichos lineamientos es establecer las bases para que los partidos políticos nacionales y en su caso los partidos políticos locales garanticen a las mujeres el ejercicio de sus derechos políticos y electorales libres de violencia mediante mecanismos para la prevención, atención, sanción y reparación y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género y asegurar condiciones de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito político.

    Los lineamientos incluyen en su capítulo ocho denominado 3 de 3 contra la violencia de género que se ajustan a la obligación contenida en el artículo primero de la Constitución Política de Estados Unidos mexicanos para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres que imponen todas las instituciones.

    Insistieron que se busca inhibir conductas que contribuyen a la cultura patriarcal que fomenten la desigualdad estructural entre hombres y mujeres como son la violencia familiar y/o doméstica, violencia sexual y el cumplimiento de las obligaciones alimentarias porque estas conductas afectan en forma desproporcionada a las mujeres.

    Por lo anterior en el artículo 32 de los lineamientos se incluye un mecanismo que vela por la implementación de la propuesta al exigir a los sujetos obligados que cada persona aspirante a una candidatura firme un formato de buena fe, y bajo protesta donde manifieste no haber sido persona condenada o sancionada mediante la resolución firme de violencia familiar, doméstica o cualquier agresión en el ámbito privado o público.

    Segundo no ser una persona condenada o sancionada mediante la resolución firme por delitos sexuales.

    Y finalmente no haber sido persona condenado, sancionada mediante la resolución por ser deudor alimentario moroso que atente contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago.

     

    PF


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