-COMISIÓN DEL AGUA, APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE AGUAS DEL ESTADO.
-CITARÁN AL ALCALDE E INTEGRANTES DEL CONSEJO CONSULTIVO CIUDADANO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CIUDAD VALLES.
-TENDRÁN QUE EXPLICAR EL PROYECTO PARA CONTRATAR CON PARTICULARES LA INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO A UN CAMPO DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE CELDAS FOTO VOLTAICAS.
Emsavalles| | Sábado, 27 de Junio de 2020| 14:33
En sesión de trabajo virtual, diputadas y diputados de la Comisión del Agua de la LXII Legislatura, aprobaron las iniciativas de reforma y adiciones a la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, con el propósito de incorporar los requisitos para ocupar el cargo de contralor interno de los organismos operadores de agua, así como para armonizar los nombres correctos de las instancias encargadas de atender los conflictos administrativos derivados de la ley en esta materia.
Además, se acordó citar a una reunión de trabajo para la primera semana del mes de julio, al alcalde de Ciudad Valles, Adrian Esper Cárdenas, y a Juan Carlos Gómez Sánchez y Marco Antonio Guillen Rivera, en su carácter de integrantes del Consejo Consultivo Ciudadano del Organismo Público Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ciudad Valles.
El objetivo de la reunión con dichos funcionarios es para que informen a las y los diputados, los términos por lo cual, están solicitando al Congreso del Estado, la autorización al Organismo Público Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ciudad Valles S.L.P., afectar su patrimonio, para contratar con particulares, según sea el caso, mediante proceso de licitación pública hasta por 12 años, a efecto de instalar, operar y dar mantenimiento a un campo de generación de energía eléctrica mediante celdas foto voltaicas que le significaría al Ayuntamiento un ahorro de 300 millones de pesos por concepto de pago de tarifas de energía eléctrica.
En esta sesión de trabajo virtual, estuvieron presentes, el presidente de la Comisión del Agua del Congreso del Estado, diputado Mario Lárraga Delgado, la vicepresidenta diputada Vianey Montes Colunga, y como vocales, las diputadas; Angélica Mendoza Camacho, María del Consuelo Carmona Salas y Rosa Zúñiga Luna.
En primer término se aprobó con salvedad, la iniciativa propuesta por el diputado Emmanuel Ramos Hernández, que insta a reformar el artículo, 101 Bis de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, donde se plantea que para ser designado Contralor Interno del organismo operador de agua, deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Tener título y cédula profesional de, licenciado en, Derecho; Contador Público; Administrador Publico; o Economista, o cualquiera otra relacionada con las actividades de fiscalización, con una antigüedad mínima de tres años; III. No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por la comisión de delitos patrimoniales que hayan ameritado pena privativa de libertad; IV. Demostrar trayectoria, formación académica, actualización profesional, y experiencia laboral; V. No haber desempeñado cargo alguno como miembro de la Junta de Gobierno, Director, Delegado o Jefe de Departamento del Organismo, en la administración inmediata anterior; VI. No desempeñar o haber desempeñado algún cargo de dirección en un partido político estatal o nacional en los últimos cinco años antes del nombramiento, y VII. No ser pariente consanguíneo o por afinidad hasta el cuarto grado de los integrantes de La Junta de Gobierno.
Posteriormente, fue aprobada la iniciativa promovida por la diputada Martha Barajas García que propone reformar los artículos 127 en su párrafo cuarto y 132 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí que busca la armonización para establecer los nombres correctos de las instancias encargadas de atender cualquier situación de la Ley de Aguas.
Por lo anterior, se plantea que el Artículo 127, establezca que "Si al efecto se estuviese conforme con el monto de la indemnización, la cantidad que se señale por este concepto tendrá carácter definitivo. Si
no estuviese conforme, podrá impugnarlo ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí, en los términos y plazos que establece la Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí".
En lo que se refiere al Artículo 132. Se propone que "Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de las concesiones, convenios y contratos a que se refiere este Capítulo, serán resueltas por el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí".
Por último, se dio cuenta a la Comisión del Agua, sobre los asuntos que corresponden a las iniciativas planteadas por el diputado Oscar Vera Fábrgat, para adicionar un quinto párrafo al artículo 167, de la Ley de Aguas, así como adicionar párrafo cuarto al artículo 172, de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí.
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