Alejandro Zapata Perogordo
En la denominada “Reforma Política”, recién aprobada por la Cámara de Senadores, por primera ocasión se incluye en el texto constitucional una figura llamada CONSULTA POPULAR, que no estaba contemplada en nuestra Carta Magna.
Este punto vendrá a llenar un vació que actualmente existe por el divorcio entre la sociedad y el gobierno.
¿En qué consiste, cuáles son sus alcances y cómo se va a aplicar?, lo primero que tiene que reconocerse es la enorme distancia entre el concepto Soberanía, que implica el origen de la autoridad que reside en el pueblo, y el ejercicio de la misma a través de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En consecuencia el único acto como poseedores de la soberanía a que tiene derecho el ciudadano es a participar en las elecciones. En una democracia en vías de fortalecimiento eso es inaceptable. Las mismas campañas políticas en la actualidad están plagadas del marketing, de demagogia y de discursos ligeros, sin propiciar la propuesta y el debate.
Por otra parte, encontramos los grupos de interés que muchos de ellos se arrogan la voz del pueblo y continuamente exigen acciones sesgadas en su beneficio, utilizando estrategias de presión e inclusive en ocasiones llegando al chantaje en contra de la autoridad.
Esta es una variante de la democracia “semidirecta”, el objetivo es la participación de la ciudadanía en temas de trascendencia nacional, aquellos relevantes con impacto social en la vida de los mexicanos. Se activa de tres maneras, cuando lo pida el Presidente de la República, una minoría de los integrantes de las Cámaras, que requieren la aprobación del Congreso o bien, un número de ciudadanos que no necesitan pasar por esa condición. Hay temas vetados teles como la derogación de los derechos humanos, los ingresos y gastos del Estado o la forma de gobierno, la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.
La consulta popular deberá celebrarse cada tres años el mismo día de la jornada electoral federal y será organizada y desarrollada por el IFE. Al alcanzarse un índice del 40 por ciento de participación, las decisiones serán vinculantes, según sea el caso, para el Ejecutivo, el Legislativo y para las autoridades competentes.
Esta innovación debe tener cuando menos tres efectos: mayor participación de la sociedad en las decisiones del país, con ello fortalecer a la democracia y acercar a las instituciones con el ciudadano. Obligar a los candidatos en las campañas políticas a pronunciarse sobre los temas trascendentes nacionales e impulsar el debate de las ideas, con ello evitar que sean simples productos mediáticos y dar cauce real a temas y liderazgos verdaderamente representativos.
En muchas entidades federativas ya están contemplados mecanismos como el referéndum o plebiscito, pero no existe antecedente alguno de aplicarse, simplemente –al parecer- se hizo para tener la palomita. Ahora solo falta que se apruebe en la Cámara de Diputados y los Congresos Locales, pero LE CAE AL QUE SE RAJE.
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