Viernes, 17 de Mayo de 2024
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO
Semana del 14 de Abril al 20 de Abril de 2023

Mínimas, las investigaciones contra las drogas en SLP

Mínimas, las investigaciones contra las drogas en SLP



Aunque a diario la prensa da cuenta de detenciones y otros hechos delictivos federales vinculados con la venta y la distribución de drogas, es irrisoria la intervención oficial al momento de investigar ilícitos que cobran miles de vida en el país y el estado.

El año pasado, de las investigaciones que inició la delegación de la Fiscalía General de República (FGR) en el estado de San Luis Potosí, apenas el 8.08 % del total correspondieron a delitos contra la salud.

De acuerdo con el reporte más actual del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), la entidad de procuración de justicia federal abrió mil 434 carpetas de investigación por diversos delitos.

Lejos de lo que pudiera pensarse en el especto social, la mayor parte se concentra en asuntos relacionados con delitos patrimoniales, ya que mil 091 se trataron de eso, que equivale al 76.08 %.

En cambio, los datos del Secretariado señalan que el Ministerio Público de la Federación inició 116 averiguaciones por delitos contra la salud -mariguana y otros estupefacientes- en sus distintas modalidades.

Esto es en cifras concretas, solo el 8.08 % de la información total de carpetas de investigación trabajadas por la delegación potosina de la Fiscalía.

¿QUÉ SE INVESTIGÓ?
Reporta que, de los 116 casos ministeriales abiertos 41 fueron transporte de drogas; 19 por tráfico; 10 a causa de estar comercializando; 1 por suministro; 44 por posesión; 1 derivado de otros ilícitos contra la salud.

Estas investigaciones siguen su curso en algunos de los casos, pero qué sanciones se pueden aplicar para quienes los cometen. Esto es lo que dice el Código Penal Federal.

En cuanto a quien produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud, se le impondrá prisión de 10 a 25 años y de 100 hasta mil 500 días multa.

No hace referencia a las unidades de medida y actualización (UMA), pero si así fuera, sería un pago de 10 mil 374 a 155 mil 610 pesos.

Por su parte, la Ley General de Salud en el numeral 474, señala que las autoridades federales -como la FGR- conocerán de los delitos contra la salud en los casos de delincuencia organizada y cuando la cantidad del narcótico sea igual o mayor a la operación que resulte de multiplicar por mil el monto de las previstas en tablas de drogas.

Es decir, igual o más de 2 mil gramos de opio; 50 mil miligramos de diacetilmorfina o heroína; 5 mil gramos de cannabis sativa, indica o mariguana; 500 mil miligramos de cocaína; 18 miligramos de lisergida (LSD); o 40 mil miligramos de anfetaminas sin son polvo, granulado o cristal o 200 mil tabletas o cápsulas donde cada unidad tenga un peso no mayor a 200 miligramos.

Así como que el narcótico no esté contemplado en la tabla; e independientemente de la cantidad del narcótico el Ministerio Público de la Federación prevenga en el conocimiento del asunto, o solicite al Ministerio Público del fuero común la remisión de la investigación.

SIN DESPEINARSE
Si bien la delegación ministerial atendió el número en comento de averiguaciones, muchas de ellas no se iniciaron por motu proprio, sino por puestas a disposición de otras corporaciones de seguridad.

Ya sea por la Guardia Civil Estatal (GCE), la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) capitalina, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de Soledad de Graciano Sánchez u otra institución de seguridad, las indagatorias surgieron por el trabajo de otras instancias.

Según algunos comunicados vertidos por policías municipales, se remiten a personas detenidas ante la delegación federal cuando hay, entre otros casos, portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas o en posesión de drogas en su modalidad de comercialización.

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