Emsavalles| Ciudad Valles, S.L.P.| Miércoles, 25 de Marzo de 2026| 07:42
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) declaró existente la omisión legislativa atribuida al Congreso del Estado, al no armonizar la legislación local con la reforma al artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.
Dicha reforma reconoce, entre otros derechos, la facultad de estos pueblos para decidir, conforme a sus sistemas normativos, sus formas internas de gobierno. La resolución se emitió dentro del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, expediente TESLP/JDC/04/2026.
El Tribunal vinculó al Poder Legislativo para que, en el ámbito de su competencia, subsane la insuficiencia normativa e inicie, continúe y, en su caso, concluya el proceso legislativo correspondiente para armonizar la ley estatal.
Para ello, se otorgó un plazo de 90 días naturales a partir de la notificación de la sentencia, y se deberá informar en un lapso de tres días posteriores sobre las acciones realizadas.
Asimismo, bajo el principio de máxima publicidad, el TEESLP instruyó a la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), a través del Instituto Estatal de Lenguas Indígenas e Investigaciones Pedagógicas, a traducir el contenido de la resolución a lenguas Tenek y Náhuatl, en formatos de lectura fácil, tanto escritos como en audio, para garantizar su acceso a las comunidades indígenas.
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