Miércoles, 11 de Febrero de 2026
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SAMUEL ROA BOTELLO

Dispone IMSS San Luis Potosí de servicios en línea y presencial para el trámite de la Modalidad 40

Dispone IMSS San Luis Potosí de servicios en línea y presencial para el trámite de la Modalidad 40

- Permite a quienes dejaron de cotizar en el IMSS la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
- La persona asegurada en esta modalidad elige el salario de cotización para efectos de una pensión.

Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 11 de Febrero de 2026| 16:24


  • Con el objetivo de garantizar la continuidad de las semanas cotizadas de manera voluntaria en el caso de haber sido dado de baja por la figura patronal, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en San Luis Potosí, pone a disposición de la población la Modalidad 40 bajo la Ley del Seguro Social de 1973.

    El titular de la Jefatura de Afiliación y Cobranza, Juan Carlos Zarazúa Ortega, expuso que a través de la plataforma de servicios digitales en el siguiente link el trámite puede realizarse https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home o https://www.imss.gob.mx/tramites/imssO2007.

    De manera presencial, la persona interesada puede acudir a las subdelegaciones administrativas Poniente y Oriente en la capital potosina, así como en Ciudad Valles y Matehuala.

    Expuso que la Modalidad 40 es un esquema que permite al trabajador o trabajadora que ha sido dado de baja por su patrón continuar cotizando por su cuenta, realizando aportaciones voluntarias.

    En ese sentido, dicha modalidad permite elegir el salario con el que se desea continuar la cotización y éste puede ser mayor o igual al que se tenía al momento de la baja en el régimen obligatorio.

    Su principal beneficio radica en que el asegurado puede elegir un salario de cotización superior al último registrado, incluso el tope legal, para aumentar el promedio salarial de los últimos cinco años cotizados. Este promedio es la base para calcular el monto de la pensión, especialmente crucial para quienes se pensionarán bajo la LSS de 1973.

    Este esquema está dirigido a trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:

    Haber cotizado un mínimo de 52 semanas en los últimos cinco años, al momento de darse de baja del Régimen Obligatorio.

    No estar vigente en el Régimen Obligatorio (es decir, no contar con una relación laboral activa).

    Presentar la solicitud dentro de los cinco años siguientes a la fecha de baja del Régimen Obligatorio. Este es un plazo de caducidad inamovible.

    Asimismo, detalló los pasos a seguir para solicitar la incorporación a la CVRO (Modalidad 40):

    1. Modalidad Presencial (en Subdelegación):

    Acudir a la Subdelegación del IMSS correspondiente a su domicilio.

    Presentar original y copia de los siguientes documentos:

    Escrito libre de solicitud de continuación voluntaria.

    Documento con Número de Seguridad Social (NSS).

    Identificación Oficial vigente.

    Comprobante de domicilio.

    Clave Única de Registro de Población (CURP).

    2. Modalidad en Línea (Ventanilla Digital):

    Acceder al portal de Servicios Digitales del IMSS.

    Contar con su CURP, Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico personal.

    También señaló que, una vez aprobado el trámite, el trabajador recibirá una línea de captura para realizar el pago de las cuotas obrero-patronales, que correrán por su cuenta, de forma mensual y con el salario elegido como la base de cotización. La continuación voluntaria en el régimen obligatorio no genera el derecho al servicio médico, pero se cuenta con la opción de contratar de manera independiente a través del Seguro de Salud para la Familia.

    Zarazúa Ortega reiteró la importancia de esta herramienta para planificar un retiro digno y exhorta a las y los trabajadores a verificar su estado de cotización y buscar la orientación necesaria para sus beneficios de pensión.

     


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