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IMSS SLP invita a tramitar la pensión por cesantía o vejez

IMSS SLP invita a tramitar la pensión por cesantía o vejez

• Derecho de las y los trabajadores con más de 60 años, tras haber cotizado de 500 a 1200 semanas ante el IMSS de acuerdo a su fecha de inscripción.

• Este trámite puede llevarse a cabo a través de las oficinas de Prestaciones Económicas en las Unidades de Medicina Familiar

Emsavalles| | Martes, 09 de Abril de 2019| 12:11


  • La pensión por cesantía es un derecho que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para garantizar la seguridad y bienestar por edad avanzada o vejez, a los 60 y 65 años de edad respectivamente, tras haber cotizado de 500 a 1200 semanas ante el IMSS de acuerdo a su fecha de inscripción ante el instituto, informó el Jefe de la Oficina de Prestaciones Económicas en San Luis Potosí, Daniel Ayala Valladares.

    Este derecho puede ser tramitado por cualquier persona registrada como trabajadora o trabajador al cumplir los 60 años y haber cotizado las semanas requeridas ante el Seguro Social. Comentó que como requisito principal de acuerdo a la Ley del Seguro Social, para quienes comenzaron a cotizar antes del 30 de junio de 1997 corresponden 500 semanas; y para quienes tuvieron su registro a partir del 1º de julio del mismo año, mil 200 semanas.

    En este rubro, explicó que para el pago de este beneficio la población asegurada que haya estado inscrito antes del 1 de julio de 1997, podrá elegir entre la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 y de la Ley vigente a partir del 1 de julio de 1997. Los asegurados que únicamente tengan cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997, no tienen derecho a elección.

    Este trámite puede llevarse a cabo a través de las oficinas de Prestaciones Económicas en las Unidades de Medicina Familiar de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, con original y copia de Identificación oficial con fotografía y firma, documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE; comprobante de domicilio, no mayor a tres meses de antigüedad; Clave Única de Registro de Población (CURP); documento o estado de cuenta de AFORE no mayor a seis meses a la fecha de la solicitud; copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento; constancia de inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes; documento expedido por la institución bancaria autorizada por el instituto donde se identifique número de cuenta y clave interbancaria donde se recibirá el pago de la pensión.

    Finalmente, Ayala Valladares, invitó a la población a acercarse a las oficinas de prestaciones económicas del IMSS para más información, o bien consultar la pagina web www.imss.gob.mx, donde también se pueden llevar a cabo otros trámites institucionales.

     


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