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El TEPJF ordena al INE reponer o revisar caso de Nava Palacios

El TEPJF ordena al INE reponer o revisar caso de Nava Palacios

Emsavalles| | Sábado, 14 de Abril de 2018| 08:33


  • La Magistrada y los Magistrados revocaron la resolución del INE que consideró indebidamente que Francisco Xavier Nava Palacios no había presentado informe de gastos relacionados con la intención de competir como candidato independiente a la alcaldía de San Luis Potosí, al demostrarse que sí lo presentó. Por esta razón se dejó sin efectos la declaratoria que vinculaba esa sanción a la negativa de su registro como candidato independiente, y además a no poder ser registrado como candidato para cualquier otro cargo en el proceso electoral en curso.

    En esta decisión, la Sala Regional se ordenó al Consejo General del INE emitir una nueva decisión, considerando la presentación del informe que indebidamente se había tenido como no presentado.

    En un diverso juicio ciudadano promovido por María Idalia Plata Rodríguez, se ordenó al PRD notificar en forma personal a la actora, las razones por las cuales no fue postulada como propietaria en la fórmula correspondiente a la diputación federal 07 distrito electoral federal con sede en Estado de Nuevo León, pues indica que había sido propuesta como tal, sin embargo, fue registrada como suplente.

    En esta sesión se decidieron, entre otros, un juicio ciudadano promovido por Helios Imero Salazar López, en el que se controvirtió la decisión del Tribunal Electoral de Nuevo León que concluyó que no existieron actos anticipados de campaña en la propaganda que el actor denunció contra Daniel Torres Cantú, relacionada con la colocación de pendones y pintas en bardas.

    Respecto del cumplimiento de las reglas de paridad en el registro de candidaturas a diputaciones federales que corresponden a los distritos uninominales en Nuevo León por parte del Partido Revolucionario Institucional, contra lo que sostenía una militante que en defensa de intereses tuitivos de las mujeres como grupo social en desventaja en los espacios de representación política adujo, el partido político cumplió con las reglas que para garantizar este principio constitucional se exigen en la normatividad legal y en el acuerdo general que emitió el INE.

    Finalmente, en el juicio ciudadano promovido por Armando Alejandro Rivera Castillejos, contra la designación de Mauricio Kuri González como candidato a senador por el principio de mayoría relativa para el estado de Querétaro por el Partido Acción Nacional, la Sala revocó la decisión de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN que incorrectamente había desechado el recurso de inconformidad promovido ante ella, y en plenitud de jurisdicción analizó la elegibilidad del candidato propuesto, confirmando su designación al demostrarse que el ciudadano en cita, contra lo que expresó el actor, sí había cumplido con el pago de las cuotas partidistas respectivas.

    Durante la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 26 medios de impugnación.

     


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