Lucina López| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Lunes, 28 de Septiembre de 2026| 16:09
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó abajo la reforma del Congreso de San Luis Potosí que obligaba a los partidos a respetar la alternancia de género en la candidatura a la gubernatura de 2033.
Por mayoría, el Pleno invalidó el Segundo Transitorio del Decreto 0539 de la Reforma Electoral potosina, que establecía que para la elección de 2033 los partidos deberían postular un género distinto al de 2027.
El coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM, Héctor Serrano Cortés, confirmó el sentido del fallo.
"Informarles que tenemos más o menos respuesta de la Corte en el Transitorio que se maneja para buscar la continuidad en paridad hacia el 2033, parece que viene en sentido negativo", informó.
Detalló que el proyecto elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama sostiene que los partidos políticos son los únicos responsables de sus procesos internos y de la definición de sus candidaturas, por lo que el Congreso local no puede imponerles una alternancia obligatoria.
Pese al revés, Serrano afirmó que al Verde no le afecta la resolución y que seguirán impulsando la paridad.
"A nosotros no nos causa ningún problema la resolución que emane de la propia Corte, qué bueno que la Corte se pronuncie y estamos en espera también que se pronuncie en la iniciativa de Inteligencia Artificial, vamos a esperar", dijo, al asegurar que tanto la dirigencia del partido como el Gobierno del Estado han mostrado interés jurídico en el tema.
La polémica inició cuando el Ceepac propuso que la alternancia aplicara desde 2027 con candidaturas exclusivamente de mujeres. La iniciativa fue señalada como la "Ley Esposa" por presuntamente beneficiar a la senadora del PVEM Ruth González Silva, esposa del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, lo que llevó al Ejecutivo a vetarla.
El Congreso corrigió y movió la obligatoriedad hasta 2033, pero la dirigencia nacional de Morena y la Presidencia de la República impugnaron el decreto mediante Acciones de Inconstitucionalidad.
Finalmente, la Corte les dio la razón y ordenó eliminar el Segundo Transitorio del Decreto 0539.
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