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SLP endurece reglas para descargas de aguas residuales en siete municipios

SLP endurece reglas para descargas de aguas residuales en siete municipios

Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 18 de Septiembre de 2026| 07:57


  • La Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM) emitió la Norma Técnica Ecológica NTE-SLP-AR-001/2026, que establece las condiciones generales para la descarga de aguas residuales a las redes de drenaje y alcantarillado de siete municipios de San Luis Potosí.

    La normativa aplica de manera obligatoria a usuarios industriales y de servicios, tanto públicos como privados, que descarguen aguas residuales al sistema de drenaje y alcantarillado municipal bajo la administración del ente ejecutor correspondiente.

    Los municipios contemplados son San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Villa de Pozos, Mexquitic de Carmona, Villa de Reyes y Zaragoza.

    La norma también establece el procedimiento para determinar condiciones particulares de descarga, de acuerdo con las características de las aguas residuales generadas por cada usuario.

    Quedan fuera de estas disposiciones las descargas de aguas residuales domésticas y pluviales, así como las generadas por actividades industriales o de servicios que no correspondan a aguas residuales de proceso y que sean conducidas mediante drenaje separado hasta el punto de descarga.

    La SEGAM establece además que la conductividad eléctrica y los sólidos disueltos totales podrán superar los valores establecidos en las condiciones generales, siempre que la descarga provenga de un proceso de tratamiento de aguas residuales de carácter fisicoquímico o químico.

    Los parámetros de las descargas serán determinados mediante el análisis de muestras compuestas, obtenidas a partir de muestras simples tomadas en volúmenes proporcionales al caudal medido en el sitio y momento de la descarga.

     


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