Viernes, 19 de Abril de 2024
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO
Semana del 01 de Diciembre al 07 de Diciembre de 2017

Graves irregularidades… Se desmorona el edificio del PRI

Graves irregularidades… Se desmorona el edificio del PRI



Están en la mira de la justicia muchos ex servidores públicos y actuales funcionarios, encabezados por el ex alcalde Juan José Ortiz

Hace apenas unas semanas, se anunciaba con bombo y platillo la inauguración del edificio que sería la casa del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la avenida Pedro Antonio Santos, evento que encabezaría el primer priísta del estado, el Gobernador Juan Manuel Carreras López; sin embargo, de pronto todo quedó cancelado y hasta el logotipo retiraron de la noche a la mañana, decisiones que no fueron obra de la casualidad sino del inicio de investigaciones por diversas irregularidades que pueden ser constitutivas de delitos graves, tras los procedimientos legales promovidos por el abogado Luis Ángel Contreras Malibrán.

Aunque el proyecto de la construcción data de hace muchos años, fue en la anterior administración municipal encabezada por Juan José Ortiz Azuara que tomó forma, pero se incurrieron en hechos que pudieran ser catalogados como delitos, y que tienen que ver desde la edificación en un predio particular, hasta el origen desconocido de los recursos financieros que se utilizaron y la dotación de servicios fuera de toda legalidad, ante los cuales diversos ex funcionarios podrían ser llamados a cuentas por las autoridades, en poco tiempo.

Los procedimientos legales inician el 15 de junio de 2016 cuando le fue recibida una solicitud de información dirigida al entonces presidente del Comité Directivo Municipal del PRI, Tirso Pozos Pozos, en relación a la noticia que diera Manuel Valdez Galicia, presidente de una asociación civil integrada para construir la sede del tricolor.

Pedía copias de las escrituras donde fue construido el edificio y del contrato de agua potable, nombres de los integrantes del patronato pro construcción, costo total de la construcción, procedencia de los recursos económicos para esa obra, el método de recaudación económica entre militantes, nombres y cantidades de quienes realizaron las aportaciones, copia del permiso expedido por la Dirección de Obras Públicas para la construcción, copia de las altas ante el IMSS de los trabajadores dedicados a la edificación, saber si hubo personas físicas o jurídicas no militantes que realizaron aportaciones, nombres y cantidades de quienes ejecutaron las contribuciones en especie, nombre del banco y número de cuenta a la cual se depositaban las aportaciones, y nombre del titular de la cuenta a la cual se depositaban.

Pero la solicitud no fue respondida, por lo que tuvo que promover un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano ante el Tribunal Electoral del Estado, el cual fue radicado bajo el número TESLP/JDC/17/2017.

Enseguida solicitó información a la Dirección de Catastro del Ayuntamiento, que en primera instancia hizo caso omiso, de modo que tuvo que tramitar un juicio de amparo por violaciones al artículo 8 Constitucional, de derecho de petición, de modo que mediante oficio CA/166/2017 el 20 de Junio de 2017, esa dependencia informó que el predio localizado en Pedro Antonio Santos número 417, donde se localiza el edificio, se encuentra empadronado a nombre de Antonio, Alfredo, Arturo y Ma. Guadalupe Esper Bujaidar y de Adrián y Arturo Esper Cárdenas.

Contreras Malibrán señala que ahí se puede observar la primera inconsistencia entre lo dicho por el CDM del PRI, de que contaban con un predio en el cual se construyó y que les había sido donado por Antonio Esper, pues la propiedad se encuentra en mancomunidad entre las personas que señala la Dirección de Catastro, es decir todos son propietarios de todo el predio, por lo que se requiere que todos ellos celebren un contrato de donación si fuera el caso.

Advierte que toda vez que dieron a conocer que existía una donación, eso constituye propiamente un acto jurídico, de modo que pudiera existir el delito de simulación de actos jurídicos, y dado que se ha iniciado el período electoral, se puede iniciar un procedimiento sancionador por actos anticipados de campaña.

Refiere que para la edificación se constituyó la asociación civil Patronato Pro Construcción de la Unidad Vallense, A. C., y en los corrillos de la política se dice que fue creada por idea del ex Alcalde Juan José Ortiz, actual Director General de Promotora del Estado, con la intención de perfilar a algún integrante de su grupo político, como podría ser Manuel Valdez, ex Regidor en su periodo de gobierno, para buscar la candidatura a la Alcaldía, y él a la de Diputado Federal, pues pretendía vender a los altos funcionarios priístas la idea de que lograron conjuntar a todos los grupos y que construyeron la “casa del PRI”.

Precisa que obra el testimonio notarial que, bajo escritura pública, celebrada ante la fe del Notario Adscrito a la Notaría Pública No. 9, José Gilberto Aranda Márquez, se hizo constar la protocolización de estatus del contrato de constitución de la asociación civil mencionada, que otorgaron Manuel Francisco Valdez Galicia, Pedro Martínez Villanueva y José Matilde Hernández Méndez, compareciendo en carácter de delegados de la misma.

Pertenecen a esa asociación, además de los antes aludidos, María Elia Rodríguez Lucero, Irma Laura Piña Juárez, José Antonio Castillo Morales, Gilberto Cervantes Infante, Roberto Francisco Tovar González, Beatriz Alonso Salinas, Tito Enrique Rodríguez Guerrero, Juan José Ortiz Azuara, Cipriano Martínez García, Esther Martínez Álvarez, Ernesto Saldierna, Obdulia Del Carmen Morquecho Turrubiartes, Ramón Coronado Velarde, Demetrio de Jesús Villalón Martínez, Ma. Justa de Santiago Hernández, María Rebeca Terán Guevara, Raúl Torres Torres, José Balleza Martínez, Martha Dolores Magliano Téllez, Ismael Guerrero Castillo, Felipe Silva Cruz, Elodia Arvizu Jasso, Norma Alicia Morales González y Ma. Leticia Álvarez Torres.

Por otra parte, en Julio de 2016, el abogado envió al presidente del Comité Directivo Estatal del PRI, una solicitud de información mediante la cual lo cuestionó por el monto de la obra del edificio del CDM en Valles, obteniendo respuesta el 13 de septiembre de Martín Juárez Córdova, quien mencionó que no existía un edificio del partido en esta ciudad, que se trataba de un proyecto.

Posteriormente, el 20 de octubre de este año, Contreras Malibrán conoce el oficio número PRISLP/P/188/2017, que le fue dirigido por Juárez Córdova, en el cual establece que el predio en mención es propiedad particular, y que existe una organización de carácter civil ajena a ese partido.

Antes, el 7 de noviembre de 2016 se observó la instalación de una llave de agua en el edificio, razón por la que solicitó a la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento información respecto a quién había celebrado el contrato y dotado de servicios al inmueble, pues en el mismo se observaba una llave con medidor y se podía deducir que existía un contrato.

La Unidad de Transparencia de la DAPA respondió sólo hasta después de que el abogado promovió un juicio de amparo por la violación al derecho de petición, fue así que el 22 de Noviembre mediante oficio número SDC/053/2016 la Titular de la Subdirección Comercial informó que quien realizó la solicitud de servicio y que firma el contrato número 53025, es Manuel Francisco Valdez, en su carácter de Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Civil “Patronato Pro Construcción de la Unidad Vallense Asociación Civil.

Argumenta que en el expediente que se lleva en ese organismo obra el instrumento notarial número quince mil quinientos ochenta y siete, tomo trescientos veintiséis, celebrado ante el Notario Público Adscrito José Gilberto Aranda el 21 de septiembre de 2010 que contiene la protocolización de los estatutos del contrato de la constitución de la asociación civil.

La Jefa de Unidad de Trasparencia también anexó copia del contrato, en el cual se puede observar que se encuentra a nombre del Partido Revolucionario Institucional, lo cual constituye una completa ilegalidad, pues como se ha establecido el presidente del CDE del PRI dejó señalado que ese partido no cuenta en ese domicilio con un edificio.

Ante esas inconsistencias solicitó a la Contraloría Interna de la DAPAS, el inicio de un expediente de investigación, tendiente a iniciar un procedimiento administrativo en contra de los funcionarios de ese organismo que celebraron el contrato y ordenaron la instalación de los servicios, pues se pudiera constituir el delito de desvió de recursos, sin embargo, la Titular de esa instancia, Leticia Lira Guevara, quien es nuera de Tirso Pozos Pozos, quien era Presidente del CDM del PRI cuando inició la construcción, negó dicha solicitud, por lo que tuvo que recurrir a solicitar el amparo y protección de la justicia federal para que se iniciara dicho procedimiento, y así se ordenó mediante sentencia del Juez Séptimo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí.

Por esos hechos, el día 29 de Septiembre de este año, formuló una denuncia por la comisión de una conducta con apariencia de delito electoral en contra de los integrantes de la Junta de Gobierno, así como del Director General de la DAPA, miembros del Patronato Pro Construcción de la Unidad Vallense e integrantes del CDM del PRI, pues así lo establecen los artículos 365 y 372 fracción III del Código Penal del Estado, ya que se destinaron recursos que se tenían a su disposición en este caso humanos y materiales para apoyar a un partido político, inclusive la denuncia pudiera ampliarse a otras dependencias municipales, como Tesorería, Obras Públicas y Contraloría Municipal, además de la Contraloría de la DAPA, pues se pueden observar diversas omisiones como son la expedición de la licencia de construcción, pago de la licencia de construcción, uso de suelo, etcétera.

Actualmente los integrantes del Patronato Pro Construcción, de la Junta de Gobierno de la DAPA, y del CDM del PRI, entre otros, se encuentran con el carácter de imputados dentro de una carpeta de investigación que se encuentra integrándose por el Fiscal Especial en Delitos Electorales, por lo que en caso de que se demuestre alguna responsabilidad podría dejar inhabilitados a más de uno para ejercer cargos de elección y de designación, además de sujetarse a un procedimiento penal.

Precisa el litigante que la conducta que puede constituir diversos delitos electorales, el más grave lo constituye el hecho de que durante la administración municipal anterior, presidida por Juan José Ortiz Azuara, se realizaron descuentos vía nomina a diversos funcionarios tanto del Municipio como de la Dirección de DAPA. “No hay que olvidar que la primera orden de aprehensión que fue obsequiada al ex Gobernador de Chihuahua, fue por una conducta similar” menciona.

Además, Contreras Malibrán cuenta con el oficio número 4039 de 24 de Octubre de 2016, mediante el cual la Comisión Nacional del Agua, informa que el lugar en el que se menciona se construyó el edificio que será la sede de PRI, es zona inundable.

Explica que el artículo 135 de la Ley Electoral del Estado dispone como obligación de los partidos políticos, aplicar con transparencia el uso y manejo de los recursos públicos, pero además en su numeral 158 prohíbe a las personas morales realizar aportaciones o donaciones a los partidos, además de que el artículo 159 señala que los partidos no podrán recibir aportaciones de personas no identificadas. “No hay que perder de vista el hecho de que el financiamiento público debe prevalecer sobre otros tipos de financiamientos”, apunta.

“Al no cumplir con la transparencia en la rendición de cuentas sobre la construcción del edificio, no se tiene la certeza sobre el origen de los recursos que según ha señalado el presidente del Patronato Pro Construcción, se debió a diversos particulares militantes y no militantes, por lo que se corre el riesgo de que existan recursos de procedencia ilícita, o de evasión fiscal, lo cual haría más grave el caso que nos ocupa”, expresa.

Pero además del hecho de que, usando financiamiento privado, que al formar parte de un partido político se convierte a la postre en recurso público, se haya construido dicho inmueble en un lugar señalado por la Conagua como zona inundable, esto se encuentra prohibido. Igualmente, que el PRI ha sido omiso en incluir el mencionado inmueble en los informes que tiene la obligación de rendir a las autoridades electorales, es decir no ha informado bajo qué figura legal ostenta ese predio, como propietarios, arrendamiento, comodato, o la simple posesión, etcétera.

Destaca que esto dio origen a la solicitud para que se iniciara procedimiento sancionador ante el Ceepac, pero dicha autoridad se ha declarado incompetente para conocer de ese asunto, turnándolo a la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, que ha iniciado un expediente de investigación, lo cual originó que al darse cuenta los directivos del PRI, retiraran el logo que estaba colocado desde hace algunos meses en el pedio señalado, con el ánimo de que ni la autoridad electoral ni la de Procuración de Justicia pudieran establecer en su inspección la existencia de dicho logo del partido político.

“El retiro del logotipo que contenía las siglas del PRI en nuestro municipio, es un acto desesperado para confundir a las autoridades, lo cual evidencia más la deshonesta conducta e ignorancia de los involucrados, pues no imaginaron que existen otros medios por los cuales previo al retiro de ese letrero ya se había dado fe del inmueble en mención”, comenta.

Dijo que el día de hoy se encuentran con que hubo personas que fueron sorprendidas aportando para la construcción de un inmueble que les hicieron creer sería sede del PRI, “donantes que, en algunos casos, tal vez en su mayoría, actuando de buena fe y confiando en que todo se encontraba en regla, apegado a la legalidad”.

“Militantes y simpatizantes del partido en mención, de manera voluntaria aportaron, sin imaginar que al día de hoy construyeron un edificio, el cual es propiedad de particulares, y sin imaginar que por aportar sin realizar declaración alguna se pueden ver envueltos en problemas fiscales ante el SAT, e inclusive en una investigación ante la Procuraduría General de la República por no especificar el origen lícito de esas aportaciones”, finaliza.

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