Domingo, 28 de Abril de 2024
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Corte tumba artículo de Constitución de NL que protege vida desde la concepción

Corte tumba artículo de Constitución de NL que protege vida desde la concepción

La ministra Loretta Ortiz aseguró que es y seguirá siendo deber constitucional otorgar protección más amplia y progresiva a derechos de las personas gestantes

MARCOS MUEDANO| https://lasillarota.com| | Jueves, 26 de Mayo de 2022| 15:41


  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó el segundo párrafo del Artículo 1 de la Constitución de Nuevo León que establece la protección de la vida desde el momento de la concepción.

    El 6 de marzo de 2019, el Congreso del Estado de Nuevo León aprobó por mayoría de votos la reforma al artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, para garantizar el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural.

    El artículo 1 menciona que "el Estado reconoce, protege y tutela el derecho a la vida que todo ser humano tiene. Desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales".

    Contra esa medida, las comisiones Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León, presentaron dos acciones de inconstitucionalidad. La resolución fue turnada a la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

    Durante la sesión de este jueves, 10 ministras y ministros declararon inconstitucional el artículo. El único que se opuso fue Jorge Pardo Rebolledo, quien argumentó que hay derechos reconocidos en la Constitución, por lo que el concepto no frenaba el derecho de las mujeres a elegir, ni su libertad sexual y reproductiva.

    Corte avala derecho al aborto por violación sin permisos ni trabas

    Al exponer sus argumentos, la ministra Loretta Ortiz aseguró que "es y seguirá siendo deber constitucional de este tribunal otorgar la protección más amplia y progresiva a los derechos humanos de todas las mujeres y personas gestantes a fin de eliminar barreras estructurales y legales que han impedido el goce absoluto y libre de los derechos fundamentales, sexuales y reproductivos".

    Jorge Pardo Rebolledo: "el reconocer el derecho a la vida desde la concepción no significa de manera automática, innecesaria e inevitable que se afecten los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres porque pueden coexistir como traté de demostrarlo con la legislación de Oaxaca donde hay una disposición, igual a la que estamos analizando, en su Constitución y está permitida la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas".

    Esta resolución se suma a la tomada el 9 de septiembre de 2021 en la que el pleno de la SCJN determinó (unanimidad) que las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana y el concepto de "persona".

    La decisión fue tomada al invalidar el Artículo 4° Bis A, de la Constitución Política del estado de Sinaloa que establecía la tutela del derecho a la vida "desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley correspondiente, hasta su muerte".

     


    emsavalles© 2006 - 2024 Todos los derechos reservados. Queda prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos sin previa autorización.
    Emsavalles Publicidad, Escontría, 216-A, Zona Centro, Ciudad Valles, S.L.P. Tel:481-382-33-27 y 481-381-72-86. emsavalles@hotmail.com. contabilidad@emsavalles.com
    No. de Certificado de Reserva Otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor: 04-2021-071615041800-203 04-2022-080212185100-30.