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Si le fallas al SAT en 2022, te aplicará estas multas y sanciones

Si le fallas al SAT en 2022, te aplicará estas multas y sanciones

Las personas mayores de 18 años que tengan una actividad económica y el SAT detecta que no están inscritos en el RFC, la multa será de entre 3 a 11 mil pesos

REDACCIÓN| https://lasillarota.com| | Martes, 07 de Diciembre de 2021| 11:01


  • A partir del 1 de enero de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reforzará el combate a la defraudación y diversos ilícitos por medio de multas, sanciones e incluso hasta pena de cárcel.

    Especialistas en materia fiscal, consultados por El Financiero aseguran que los cambios a la Miscelánea Fiscal 2022, donde no se crearon nuevos impuestos, sino que se presentaron derogaciones en las leyes y ajustes en los regímenes fiscales de los contribuyentes  son buenos aunque advierten sus riesgos en caso de no cumplir al SAT.

    Por ejemplo, Juan José Aguiñaga Servín, socio del Despacho Aguiñaga y Asociados, advirtió que si una factura o certificado fiscal digital conocido como CFDI se cancela fuera de plazo dará lugar a una multa de 5 al 10 por ciento del monto de cada factura enviada.

    Precisó que los CFDI solo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan, siempre y cuando el cliente acepte su cancelación.

    Agregó que si el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) incumple con las validaciones de los CFDI, se impondrá una multa de 10 a 20 pesos por cada CFDI.

    En tanto, los contribuyentes que expida una factura sin los complementos correspondientes serán sancionados de 400 a 600 pesos por cada CFDI.

    Asimismo, se reduce de 5 mil a mil pesos el monto de la factura que se puede cancelar sin aceptación del cliente.

    Mientras que las sanciones para quienes emitan facturas falsas o preste facturas a otra empresa que fue sancionado por el SAT con la restricción de su CFDI, será multado con un 55 a un 75 por ciento del importe de cada factura. Dicha multa se aplicará a las operaciones inexistentes o simuladas.

    De acuerdo con Ramiro Ávalos Martínez, vicepresidente Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) explicó que si una empresa tiene socios que tienen irregularidades, el SAT podrá suspenderle temporalmente su sello digital, o si tramitan su firma electrónica rechazarle el trámite.

    Ávalos Martínez descartó que esta medida pueda ser considerada como ‘terrorismo fiscal’.

    En este caso, el vicepresidente del IMCP recomienda que los contadores de la empresa deben verificar cómo andan sus socios, que manden la alerta, que envíen sus constancias de cumplimiento para verificar que están bien.

    Por ejemplo, si le cancela el sello a una compañía y se enteran que otra empresa está emitiendo las facturas por cuenta de quien tiene cancelado el sello. Eso se considera un agravante para efectos de la lista negra y se catalogará como una operación simulada.

    Mientras que los auditores que dictaminan empresas se les puede configurar el delito de encubridor de delito fiscal y pueden recibir una pena de hasta 3 años de cárcel.

    Entre los cambios aprobados al régimen tributario destacan la obligatoriedad de que las personas mayores de 18 años que tengan una actividad económica y el SAT detecta que no están inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes  (RFC), la multa será de entre 3 mil 870 hasta los 11 mil 600 pesos.

    Además los funcionarios del SAT también podrían ser sancionados con una multa de 132 mil 790 pesos a 177 mil 50 pesos, en caso de que no notifiquen al contribuyente, que ha sido catalogado por el SAT como Empresa que Factura Operaciones Simuladas.

    En el caso de la carta porte (documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional), si en una verificación de la autoridad no se exhibe la factura digital o CFDI, la multa será de 760 a 14 mil 710 pesos.

    kach

     


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